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Se procederá a declarar la caducidad de los mismos y a promover las acciones de recupero de los fondos

 El Gobierno detectó irregularidades en beneficiarios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción (ATP) que no cumplieron con las condiciones establecidas para su recepción, y procederá a declarar la caducidad de los mismos y a promover las acciones de recupero de los fondos. Así lo estableció la Decisión Administrativa 70/2021 publicada en el Boletín Oficial, que aceptó las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP incluidas en el Acta 28. La misma precisó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) remitió al Banco Central (BCRA) y a la Comisión Nacional de Valores (CNV), el listado de beneficiarios que accedieron al ATP a fin de que se realicen los controles de cumplimiento de las condiciones estipuladas para la vigencia de los beneficios.

«Recibidas las primeras respuestas, informa que en razón del análisis preliminar efectuado por distintas áreas técnicas surgiría la existencia de operaciones que podrían dar lugar a la caducidad de alguno de los beneficios que fueron acordados en los términos previstos por el ATP», indicó el Comité.

Al respecto, remarcó que se van a «sustanciar los procedimientos tendientes a declarar la caducidad de los beneficios y promover las acciones de recupero en los casos en que así corresponda, sea en sede administrativa o judicial».

Las condiciones fijadas por el Gobierno para las empresas que accedieran al ATP fueron la prohibición de operar en el mercado de capitales, repartir dividendos y realizar erogaciones a paraísos fiscales por uno o dos años posteriores a su ejercicio contable actual, dependiendo de la cantidad de trabajadores que tengan.

El Comité resolvió que la AFIP regule «el procedimiento mediante el cual se notifique a los beneficiarios los incumplimientos detectados y se formule el cargo correspondiente, indicando el monto a reintegrar, otorgar plazos para que se deduzcan los descargos, evaluar estos últimos y, previa intervención de su servicio jurídico, resolver, de así corresponder, la caducidad del beneficio».

Asimismo, propuso que el organismo establezca «un procedimiento voluntario para que se restituyan los importes percibidos en los casos en que se decrete la caducidad del beneficio, contando con la posibilidad de acordar planes de facilidades de pagos consistentes en su extensión con la normativa vigente en materia tributaria».

También aclaró que «la declaración de caducidad corresponderá únicamente respecto de aquel beneficio cuya condición hubiera sido incumplida por parte del beneficiario, sin afectación de los restantes beneficios acordados en el marco del ATP, excepto que se trate de una condición aplicable a más de un período o a más de un beneficio».

En ese caso, señaló que «se declarará la caducidad de todos los beneficios supeditados a la condición de caducidad de que se trate». Sin embargo, indicó que «los beneficios de reducción o postergación de contribuciones patronales destinados al Sistema Previsional Argentino (SIPA) acordados a los beneficiarios del programa no se encuentran sujetos al cumplimiento de condiciones posteriores». Por lo que precisó que «de declararse la caducidad de otro beneficio, esta no producirá efectos respecto de los beneficios de reducción o postergación de las contribuciones».

El Comité también consideró necesario modificar condiciones a cumplir para los beneficiarios de Salario Complementario y Crédito a Tasa Subsidiada. En este caso, se trata de la condición de no realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario, radicados en jurisdicciones no cooperantes o de nula o baja tributación.

Al respecto, el Comité propició que esta condición resulte de aplicación, exclusivamente, a aquellos casos en que el monto total de las erogaciones realizadas supere los U$S 5.000. También lo hizo con los beneficiarios de Salario Complementario y Créditos a Tasa Subsidiada, a Tasa Cero y a Tasa Cero Cultura.

En este caso, modificó la condición de no adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior.

El Comité estimó que la caducidad del beneficio no debe aplicarse en el caso de operaciones realizadas por montos de poca envergadura, y que se tomen en consideración las que superen los U$S 500.

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Gremios universitarios celebran la aprobación de la Ley de Financiamiento

Los gremios universitarios celebraron la reciente aprobación de la ley de financiamiento del sector en el Congreso Nacional y destacaron la lucha emprendida por la comunidad universitaria.

«Es un logro de nuestra lucha, de las banderas de nuestra Federación, y de todos nuestros sindicatos de base, que, a lo largo y a lo ancho del país, le han puesto el cuerpo a la pelea por la defensa de nuestras Universidades Nacionales y de nuestros salarios, y para alcanzar esta Ley de Financiamiento Universitario», destacó la Federación Argentina de los Trabajadores de las Universidades Nacionales (FATUN).

El Senado sancionó en la madrugada de este viernes la Ley de Financiamiento Universitario, que prevé un incremento en las partidas presupuestarias para el funcionamiento de las casas de altos estudios, al tiempo de una actualización en los salarios de los docentes y no docentes.

La norma, que fue sancionada con 57 votos a favor, 10 en contra y 1 abstención, implicaría para este año un costo fiscal de 0,14% del PBI, equivalente a $738.595 millones, según un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso.

Los trabajadores nodocentes, que participaron de una manifestación frente al Congreso a la espera de la aprobación de la ley junto a gremios docentes de la actividad, advirtieron con profundizar las acciones gremiales si el presidente Javier Milei veta la ley tal como prometió semanas atrás.

«Ahora queda decirle al Gobierno Nacional que si esta ley es vetada, nos encontraremos más que nunca en las calles, y volveremos a realizar una nueva marcha federal universitaria, volviendo a convocar al pueblo a salir a las calles, para que exprese que la Educación Pública Superior, gratuita, cogobernada y de calidad es una bandera irrompible del conjunto social de nuestro país», señaló la FATUN.

La entidad sindical reconoció también la defensa del «pueblo argentino» a la educación universitaria pública. «Este triunfo es nuestro, pero también es del pueblo argentino, que ese 23 de abril marcó los límites democráticos para el Gobierno Nacional, diciendo: ¡con las Universidades Públicas, NO!», concluyó.

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La AFIP actualiza las escalas del Impuesto a las Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará una nueva tabla del Impuesto a las Ganancias en los próximos días, con una actualización extraordinaria que ya estaba prevista para septiembre. Este ajuste afectará los salarios de los trabajadores, de acuerdo con el paquete fiscal aprobado este año, sin embargo, las consultoras ya prevén que no habrá impacto positivo.

El nuevo mínimo no imponible será de $2,03 millones brutos para un trabajador soltero y $2,63 millones para uno casado con dos hijos. Este incremento responde a lo establecido por la Ley 27.743, que reintrodujo el Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría de contribuyentes.

El ajuste del 12,8% en las escalas y deducciones se basa en la inflación registrada por el INDEC entre junio y agosto, y se aplicará sobre los salarios que se pagarán en octubre. A partir de 2025, estas actualizaciones se realizarán semestralmente, evitando que la inflación desajuste el sistema tributario.

Expertos en la materia, como los tributaristas Martín Caranta y Sebastián Domínguez, coincidieron, en diálogo con Ámbito Financiero, en que la AFIP debe publicar las tablas actualizadas para que las empresas puedan aplicar correctamente los cambios en los sueldos. Se espera que estas tablas estén disponibles la semana próxima.

Este ajuste, aunque necesario para compensar la inflación, no se traducirá en un incremento en el consumo de los empleados afectados por Ganancias, según advierte la consultora Focus Market, debido al aumento de los costos en servicios públicos y privados.

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Milei confirmó el veto total a la Ley de Financiamiento Universitario

El presidente Javier Milei confirmó hoy a través de un mensaje en redes sociales que aplicará un «veto total» a la Ley de Financiamiento Universitario sancionada en las últimas horas por el Senado.

A través de sus redes sociales, el jefe de Estado dio a conocer que rechazará la norma, del mismo modo que lo había hecho con la ley que incrementa las jubilaciones mínimas.

«Veto total», respondió el Presidente a un posteo en X que había hecho el subsecretario de Políticas Universitarias de la Nación, Alejandro Álvarez.

Ese funcionario había manifestado que la «última palabra» respecto de la suerte de esa medida la tenía Milei.

El Senado aprobó en la madrugada de este viernes el proyecto de aumento presupuestario a las universidades nacionales, y que ya contaba con media sanción de la Cámara de Diputados.

La propuesta opositora incrementa los recursos para las universidades nacionales para garantizar su funcionamiento, e incluye una actualización salarial para los docentes y no docentes.

El proyecto no contaba con el aval del oficialismo, que argumentó que ese incremento pone en riesgo el objetivo de alcanzar el «superávit fiscal».

De concretarse el veto presidencial, las casas de altos estudios se quedarían sin los $738.595 millones en materia presupuestaria que prevé la norma sancionada por el Congreso.

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