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No tiene aplicación cuando las actividades se realicen en dependencias de los empleadores ni en las tercerizadas

El Gobierno nacional estableció que el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo, previsto por la Ley Nº 27.555, entrará en vigencia el 1 de abril próximo, según una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial. Así quedó establecido mediante la Resolución 54/2021 del Ministerio de Trabajo. El régimen fue aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado y regula esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan.

La reglamentación de la Ley 27.555 había sido publicada el mes pasado en el Boletín Oficial a través del Decreto 27/2021, con las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El primer artículo establece que «las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular».

Tampoco «en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional».

En tanto, en el anexo publicado, se detalla que los artículos 2°, 3° y 4° vinculados al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral quedaron sin reglamentar.

El artículo 5°, referido al derecho a la desconexión digital, precisa que cuando «la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral».

«En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada, salvo que concurran los supuestos contenidos en el artículo 203 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)», dice la normativa y aclara que «no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión». Y agrega que «los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos».

En cuanto a las tareas de cuidado, toda persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea, «deberá comunicar en forma virtual y con precisión» el momento en que comienza la inactividad y cuando finaliza. «En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convención colectiva», agrega el artículo 6°.

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La Lista 26 de Julio busca conducir la CTA de los Trabajadores en San Juan

La Lista 26 de Julio buscará disputar el próximo 3 de noviembre la conducción de la CTA de los Trabajadores en San Juan con una propuesta que combina renovación organizativa, autonomía sindical y reivindicaciones laborales. Encabezada por Carla Costabile, secretaria adjunta de ASIJEMIN, la lista incluye a representantes de una decena de gremios, agrupaciones y organizaciones sociales.

El espacio se presenta como una coalición multisectorial que procura ampliar la representación de la central, con participación de trabajadores de la minería, la industria, los servicios, la administración pública, la docencia, la seguridad social y la economía popular. Entre las organizaciones y espacios mencionados figuran SUTEPA, ASIJEMIN, AMMAR, Alternativa Docente, FETIA y referentes de ATE, además de agrupaciones territoriales vinculadas con trabajadores informales.

La propuesta plantea construir una central con mayor presencia cotidiana en los lugares de trabajo y los barrios, recuperar el vínculo con los afiliados y fortalecer la participación de las bases. “Buscamos un proyecto colectivo, al servicio de la unidad de todas las luchas de las y los trabajadores”, expresaron desde la lista, que también reivindica la independencia de los gobiernos nacional y provincial.

La agenda gremial incluye reclamos por la recuperación del poder adquisitivo de los salarios y las jubilaciones, más presupuesto para salud y educación, generación de empleo genuino y defensa del derecho de huelga y de protesta. En su pronunciamiento, la nómina cuestionó además la reforma laboral impulsada a nivel nacional y advirtió sobre el deterioro de las condiciones de vida de los trabajadores.

Junto con esas definiciones, la agrupación reclamó que se publiquen los padrones electorales y los lugares de votación, para que los afiliados puedan verificar si están habilitados y organizar su participación en los comicios.

La fórmula se completa con María Alejandra Báez y Raúl Eduardo Carrizo como secretarios adjuntos. La propuesta de Consejo Ejecutivo incluye, entre otros, a Humberto Miguel Coria en el área gremial, Cristian Jurado en Comunicación, Mariano Chousal en Acción Política, Jorge Vargas en Seguridad Social, Eliana Funes en Derechos Humanos y Soraya Anabel Ramírez en Géneros. La nómina incorpora además representantes para las áreas de juventud, formación, discapacidad, ambiente, cultura y economía social, junto con doce vocales titulares.

Con las elecciones del 3 de noviembre como próximo objetivo, la Lista 26 de Julio buscará convertir esa diversidad gremial y social en una propuesta común para conducir la CTA sanjuanina. La disputa estará condicionado por dos factores determinantes: la verdadera dimensión de la democracia interna y el poder de la central para nuclear las protestas salariales, laborales y sociales en una coyuntura de fuerte rechazo a las políticas vigentes.

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El Gobierno postergó a diciembre los Fondos de Asistencia Laboral

El Gobierno nacional postergó hasta el 1 de diciembre la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) y duplicó el período mínimo de carencia, que pasó de seis a doce meses. La modificación quedó formalizada mediante el Decreto 1228/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial.

El régimen debía comenzar a funcionar el 1 de noviembre. Según los fundamentos de la norma, el aplazamiento responde a la necesidad de completar adecuaciones operativas, administrativas y tecnológicas para su implementación integral.

La extensión de la carencia implica que los fondos deberán acumular recursos durante doce períodos completos y consecutivos de devengamiento y pago antes de quedar habilitados para atender las obligaciones previstas. El cómputo comenzará en el mes calendario en que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) registre la integración efectiva de la primera contribución del empleador.

Más tiempo para reunir recursos

Los FAL fueron creados por la Ley de Modernización Laboral 27.802 como instrumentos destinados a cubrir determinadas obligaciones económicas derivadas de la extinción de los contratos de trabajo. El Poder Ejecutivo sostuvo que el plazo original de seis meses resultaba insuficiente para constituir un patrimonio inicial adecuado.

La prórroga busca, de acuerdo con los argumentos oficiales, ampliar el tiempo disponible para acumular fondos antes de que puedan utilizarse. La medida modifica los plazos de implementación y de carencia, pero no elimina las obligaciones laborales que el régimen procura financiar.

La postergación había sido solicitada por entidades vinculadas con fondos comunes de inversión, fideicomisos e inversión directa, además de agentes de Bolsa, mediante presentaciones canalizadas a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Cómo se instrumentará el régimen

Los recursos deberán administrarse mediante fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros sujetos al control de la CNV. El esquema está dirigido a empleadores privados, con las exclusiones establecidas en la ley, y no alcanza a las relaciones laborales del sector público.

El decreto fue firmado el lunes y entró en vigor con su publicación. Con el nuevo calendario, el Gobierno dispone de un mes adicional para completar los mecanismos necesarios, mientras que la carencia de doce períodos establece un requisito más prolongado para la acumulación inicial de recursos.

La implementación de los FAL constituye una de las herramientas previstas en la reforma laboral para organizar la cobertura de determinadas obligaciones ante la finalización de vínculos de trabajo. La viabilidad del sistema estará sujeta a la optimización de los mecanismos financieros y a la liquidez previa de los fondos para cumplir con las obligaciones del régimen.

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El consumo de carne vacuna perdió 23 kilos por habitante desde su máximo de 2008

La carne vacuna, históricamente central en la alimentación argentina, perdió terreno en la mesa familiar y alcanzó en septiembre su menor nivel de consumo en más de dos décadas. Según la Cámara de la Industria y Comercio de Carnes y Derivados (Ciccra), el promedio de los últimos doce meses descendió a 45,4 kilos por habitante al año, un retroceso del 10,5% frente al mismo período de 2025.

La caída equivale a 5,3 kilos menos por persona respecto de los 50,7 kilos registrados un año antes. La comparación histórica dimensiona el cambio: en 2008, el consumo había llegado a 68,9 kilos por habitante. Desde aquel máximo, se redujo 23,5 kilos, una contracción cercana al 34%.

El encarecimiento de los cortes vacunos aparece entre los factores centrales de la retracción. Los datos del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC citados en el informe indican que, en los últimos doce meses, la carne vacuna aumentó 50,1%, frente al 33,5% de inflación general. El pollo entero, en cambio, subió 28,6%, lo que amplió la diferencia de precios entre ambas alternativas.

Más exportaciones y menor oferta para el mercado interno

La contracción de la demanda interna se ve contrarrestada por el mayor dinamismo de las exportaciones dentro de la producción nacional. Según datos de Ciccra, los despachos internacionales aumentaron un 7,7% en el período analizado y alcanzaron las 667.300 toneladas res con hueso, unas 47.600 toneladas más que un año antes.

La cámara atribuyó parte del impulso exportador a la ampliación de la cuota otorgada por Estados Unidos a la Argentina a fines de 2025. Al mismo tiempo, señaló que la menor disponibilidad de hacienda y el aumento de los precios ganaderos presionaron sobre los valores que llegan a carnicerías y supermercados.

La distribución de la producción también cambió: el mercado interno absorbió el 69,7%, cuatro puntos porcentuales menos que en 2025, mientras que la participación exportadora subió del 26,3% al 30,3%.

La combinación de una oferta limitada, mejores oportunidades comerciales en el exterior y una demanda doméstica condicionada por los ingresos plantea un desafío para los frigoríficos orientados al consumo local. Mientras la ganadería encuentra incentivos en los mercados internacionales, las familias tienen cada vez menos margen para sostener el nivel de compra habitual.

Pollo y cerdo ganan espacio por precio

El desplazamiento hacia otras carnes responde, principalmente, a razones económicas. Raúl Milano, presidente del mercado ganadero Rosgan, sostuvo que el avance del pollo y el cerdo no refleja necesariamente un cambio cultural en las preferencias alimentarias, sino una adaptación al presupuesto disponible. “Es un problema exclusivamente del bolsillo, no un cambio cultural”, afirmó.

La sustitución permite a los hogares mantener el consumo de proteínas animales con opciones relativamente más accesibles, aunque modifica una tradición alimentaria fuertemente asociada con la carne vacuna.

El retroceso del consumo no implica por sí mismo una caída de la producción ganadera ni de los ingresos exportadores. Expone, en cambio, una brecha cada vez mayor entre las oportunidades comerciales de la cadena y la capacidad de compra del mercado interno.

Con el consumo en su menor registro desde 2005 y los cortes vacunos aumentando por encima de la inflación, la evolución de los precios y de los ingresos familiares será determinante para establecer si la carne recupera espacio en la dieta argentina o si continúa el reemplazo por alternativas más económicas.

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