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Será para el 14 de este mes con la participación de CGT, la CTA y cámaras empresarias

El Ministerio de Trabajo convocó a sindicalistas y empresarios al encuentro anual del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil para el 14 de octubre próximo a fin de determinar el nuevo valor de ese ingreso y el monto mínimo y máximo de la prestación por desempleo. El encuentro se realizará de forma virtual en dos sesiones a las 15 y 16.30 y participarán funcionarios, encabezados por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, sindicalistas de la CGT y la CTA y los empresarios, informó Trabajo.

La última homologación del valor del ingreso mínimo, vital y móvil fue el 3 de septiembre de 2019, cuando el exministro de Producción y Trabajo, Dante Sica, decidió, de forma unilateral por el decreto 610 y ante las desavenencias entre sindicalistas y cámaras patronales, una suba del 35 por ciento, por lo que el salario pasó entonces de 12.500 pesos a los actuales 16.875 pesos en tres tramos.

Entonces, el aumento fue escalonado y aplicable en agosto, septiembre y octubre de 2019 para el personal del sector privado y la administración pública.

El beneficio alcanza a los trabajadores mensualizados que cumplen una jornada legal completa de labor y, en el último encuentro de septiembre de 2019, los empleadores habían propuesto una mejora del 25 por ciento, con un adicional del 5 por ciento no acumulativo a partir de noviembre, en tanto los dirigentes sindicales exigieron un haber mínimo de 31.934 pesos por todo concepto.

Ante la ausencia de acuerdo entre las partes, el Ministerio de Producción y Trabajo elevó a través de la figura del «laudo» -una potestad de la cartera laboral cuando no hay consenso- el mínimo salarial que debe percibir un trabajador soltero, sin hijos, mensualizado y que cumple jornada legal completa.

Entonces se dispuso que el monto mínimo y máximo de la prestación por desempleo fuese desde agosto de 3.285,50 y 5.256,80 pesos, respectivamente; en septiembre de 3.634,40 y 5.815 pesos y, en octubre, de 3.925,10 y 6.280,20 pesos.

El aumento para el salario mínimo no alcanza al personal encuadrado en los convenios colectivos de trabajo y a los beneficiarios de aquella prestación por desempleo.

El Consejo Nacional del Salario Mínimo, que fue creado por la Ley 24.013 y sus modificatorias, sesionará en sesiones plenarias mediante plataforma virtual, y su titular es el ministro Moroni, según el decreto 91 del 20 de enero último.

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La oferta empresarial insuficiente lleva a la falta de acuerdo en el Consejo del Salario

Las centrales sindicales reclamaron un aumento que al menos duplique el salario mínimo, pero la oferta empresarial fue de solo un 1,3%, lo que llevó a la falta de acuerdo y a que el Gobierno defina el nuevo monto en línea con las cámaras patronales.

Este martes 29 de abril, se reunió el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) con participación de representantes de las tres centrales sindicales (CGT, CTA de los Trabajadores y CTA Autónoma), empresarios y funcionarios del Ministerio de Capital Humano. Los gremios presentaron una propuesta unificada que reclama llevar el salario mínimo a $644.165 en abril y $657.703 en mayo, en línea con la evolución de la canasta básica y el impacto de la inflación acumulada en el primer trimestre.

Sin embargo, el sector empresarial ofreció un aumento muy por debajo de esa cifra: $301.500 para abril, $306.500 para mayo y $311.500 para junio, lo que representa una suba total del 1,3% sobre el valor actual de $296.832. La enorme distancia entre ambas posturas volvió a bloquear cualquier posibilidad de consenso, lo que derivó en que el Ejecutivo asuma la definición del nuevo monto.

Reacciones:

  • Fuentes gremiales: Manifestaron su malestar y anticiparon que el Gobierno volverá a “alinearse con los empresarios”, sin contemplar el deterioro del poder adquisitivo de los trabajadores más vulnerables.
  • Centrales sindicales: Reclamaron que se ponga fin a la modalidad virtual de las reuniones del Consejo del Salario y afirmaron que si no se garantiza la presencialidad en la próxima convocatoria, se presentarán directamente en la sede del Ministerio de Trabajo en señal de protesta.

La falta de acuerdo en el Consejo del Salario refleja la profunda brecha entre las partes y la dificultad para encontrar una solución que satisfaga las necesidades de los trabajadores y los empresarios. La definición del nuevo monto por parte del Gobierno podría tener un impacto significativo en la economía y en la vida de los trabajadores más vulnerables.

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Sturzenegger prepara un ajuste masivo en el Estado con cierres y despidos

El ministro de Transformación y Desregulación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció que en los próximos días se presentará el «Proyecto Digesto», una iniciativa que busca reducir drásticamente el tamaño del Estado a través de la eliminación de organismos y despidos masivos.

El plan, impulsado por el presidente Javier Milei, tiene como objetivo «desregular» y «simplificar» el Estado, eliminando leyes, resoluciones y decretos considerados obsoletos. Según Sturzenegger, la revisión de los aproximadamente 700 mil decretos existentes será manual en su mayoría, ya que solo 70 mil están digitalizados.

El ministro sostuvo que esta «limpieza» permitirá «liberar» empleados que actualmente desempeñan tareas administrativas consideradas innecesarias, especialmente en organismos descentralizados que, según su visión, «duplican funciones».

La medida tiene como objetivo ajustar el gasto público a través de despidos y eliminación de estructuras. Aunque Sturzenegger garantizó que algunas entidades como la ANMAT no serán disueltas, sí planteó la necesidad de reducir drásticamente los trámites y procedimientos internos. «La mitad de los trámites no se sabe para qué son», justificó, en un discurso que combina la crítica a la burocracia con la intención de recortar personal.

El «Proyecto Digesto» tiene como objetivo principal transformar el Estado argentino a través de la reducción de su tamaño y la eliminación de estructuras consideradas innecesarias. Sin embargo, la medida también plantea interrogantes sobre el impacto que tendrá en la calidad de los servicios públicos y en la estabilidad laboral de los empleados estatales.

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Retroceso en la protección laboral: la Corte Suprema prioriza al Estado sobre los trabajadores en quiebras

En un fallo que generó amplio rechazo en el ámbito sindical y político, la Corte Suprema resolvió que los créditos laborales ya no tendrán prioridad frente a los créditos fiscales en los procesos de quiebra, lo que implica un retroceso en la protección laboral.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, integrada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, resolvió que los créditos laborales ya no tendrán prioridad frente a los créditos fiscales en los procesos de quiebra. Esta decisión representa un cambio histórico de criterio que, según especialistas, vulnera derechos laborales fundamentales.

El caso que dio origen al fallo fue «Acevedo, Eva María c/ Manufactura Textil San Justo s/ quiebra». Hasta ahora, la jurisprudencia argentina reconocía que, en situaciones de insolvencia, los créditos de los trabajadores debían ser saldados antes que las deudas del empleador con el Estado, en línea con el Convenio 173 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Sin embargo, el máximo tribunal consideró que, debido a que el Poder Ejecutivo nunca ratificó formalmente el convenio —pese a su aprobación legislativa en 1993—, este no tiene vigencia efectiva en el país. La resolución de la Corte implica que a partir de ahora el Estado podrá cobrar antes que los trabajadores despedidos en un concurso o quiebra empresarial.

Reacciones:

  • Senador Mariano Recalde: «Es un fallo político, no técnico», denunció el senador Mariano Recalde, quien advirtió que se trata de «un retroceso inadmisible» en la protección de los derechos laborales.
  • Sector sindical: Desde el sindicalismo y sectores políticos ligados al trabajo expresaron su preocupación por el impacto de esta medida, que podría agravar la situación de vulnerabilidad de miles de trabajadores ante futuras quiebras empresariales.

La decisión de la Corte Suprema de Justicia implica un retroceso en la protección laboral y podría tener un impacto significativo en la situación de los trabajadores en Argentina. La prioridad de los créditos laborales sobre otros reclamos, incluidos los del Estado, es un principio fundamental del derecho laboral que busca proteger a los trabajadores en situaciones de insolvencia.

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