El gobierno incluyó nuevas actividades en los ATP
Desde sectores de la aeronavegación hasta alquiler de autos sin conductor y elaboración de vinos

El Gobierno declaró 15 nuevos sectores como críticos, y los incluyó en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), mientras la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de inscripción para salario complementario de septiembre. Asimismo, se estableció la modalidad de instrumentación de la sexta etapa del ATP, para auxiliar a las empresas con el pago de los salarios del mes pasado. El Gobierno adoptó las recomendaciones del Acta 21 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, que destacó la necesidad de «ampliar la nómina de las actividades que se consideran afectadas en forma crítica» y recomendó que «la asistencia a estos sectores retorne a niveles similares a los de la primera ronda de la ATP».
Esto significa que se incremente el actual piso de un salario mínimo, vital y móvil, equivalente a $ 16.875; a 1,25 SMVM, es decir, $ 21.093,75; para otorgar el beneficio de Salario Complementario.
Entre las quince actividades incorporadas al alcance del programa ATP se cuentan los servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves; y complementarios para el transporte aéreo. También, los alquileres de automóviles sin conductor; de vehículos automotores y de equipo de transporte, sin conductores ni operarios; y de equipos de transporte para vías acuática y aérea, sin operarios ni tripulación.
Por otro lado, se cuentan entre las actividades que pasarán a estar comprendidas en el ATP la elaboración de vinos; la fabricación de accesorios de vestir de cuero; la confección de prendas de vestir de cuero; la terminación y teñido de pieles y fabricación de artículos de piel; las ventas al por menor de prendas de cuero; artículos de talabartería y artículos regionales; y de marroquinería y paraguas.
Por su parte, la AFIP habilitó la inscripción al denominado ATP6, e informó en un comunicado que los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de setiembre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar hasta el viernes próximo.
El organismo destacó que «en agosto más de 165.000 empresas accedieron a los beneficios que les permitieron hacer frente al pago de los salarios de 1.760.000 trabajadores y trabajadoras». También subrayó que «el Estado argentino lleva invertidos cerca de $ 194.000 millones en el ATP para sostener los puestos de trabajo del sector privado».
El programa de asistencia prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación entre agosto de 2020 y de 2019 accedan al salario complementario, equivalente al 50% del salario neto.
Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada, cuya tasa de interés será en todos los casos del 15%. El trámite para acceder a un crédito a tasa subsidiada -que se acredita directamente en la cuenta bancaria del trabajador- se iniciará a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa.
Las pautas establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo contemplan la posibilidad de convertir los créditos a tasa subsidiada en un subsidio siempre y cuando las empresas beneficiadas cumplan determinadas metas de empleo. Al respecto señaló que «el salario neto resulta equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada en agosto de 2020, exteriorizada en la declaración jurada de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período».
En cuanto al salario complementario que reciba el trabajador «no podrá ser inferior a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital y móvil ($ 21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos SMVM ($ 33.750)», puntualizó.
En tanto, en el caso de empresas que iniciaron sus actividades entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2019, la comparación de la facturación nominal de agosto de 2020 debe hacerse con la de diciembre de 2019. A las empresas que iniciaron su actividad a partir del 1 de diciembre de 2019 no se considerará la variación de facturación para la obtención del beneficio del salario complementario. Para el cómputo de la plantilla de personal deberán detraerse las extinciones de las relaciones laborales ocurridas hasta hoy, 28 de septiembre de 2020, inclusive.
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La crisis salarial en la TV Pública escala con medidas gremiales y fuerte malestar interno
Los sindicatos con representación en la TV Pública resolvieron iniciar paros sorpresivos de una hora por turno desde este viernes, en rechazo al congelamiento salarial y al deterioro de las condiciones laborales. Los gremios alertan que el ajuste compromete el funcionamiento operativo de la señal estatal y pone en riesgo futuras coberturas especiales.
La conflictividad gremial dentro de los medios públicos sumó un nuevo episodio de tirantez luego de que los trabajadores de la TV Pública aprobaran un esquema de medidas de fuerza escalonadas para exigir recomposición salarial y denunciar el deterioro creciente de la estructura operativa de la emisora estatal.
La decisión fue adoptada por unanimidad durante una asamblea conjunta realizada en la sede del canal, sobre avenida Figueroa Alcorta, donde confluyeron delegados y afiliados del SATSAID, SiPreBA, y la Asociación de Personal Jerárquico de la TV Pública.
El frente sindical resolvió avanzar con paros sorpresivos de una hora por turno a partir de este viernes 22 de mayo y repetir la modalidad durante las jornadas del 26, 27, 28 y 29 de mayo. La metodología apunta a afectar la programación habitual de manera parcial pero sostenida, buscando incrementar la visibilidad del conflicto sin interrumpir completamente las transmisiones.
Detrás de las medidas aparece un malestar acumulado que atraviesa a las distintas áreas técnicas, periodísticas y administrativas del canal. Los gremios denuncian que el congelamiento salarial pulverizó el poder adquisitivo de los trabajadores y profundizó un escenario de precarización interna que ya impacta sobre la dinámica cotidiana de producción.
Además del reclamo salarial, las organizaciones sindicales advirtieron sobre las consecuencias operativas que podría generar la continuidad del ajuste en los medios públicos. Según plantearon, la pérdida de personal especializado, el deterioro técnico y la falta de recomposición de ingresos comienzan a comprometer la capacidad de sostener coberturas de gran magnitud.
En ese cuadro, los representantes gremiales deslizaron una advertencia directa sobre las futuras transmisiones vinculadas al próximo Mundial de fútbol. Consideran que, de persistir la falta de acuerdos, la señal estatal podría enfrentar serias dificultades para garantizar una cobertura normal de eventos especiales y producciones de alta complejidad técnica.
El conflicto expone además una disputa más amplia sobre el futuro de los medios públicos dentro de la gestión de Javier Milei. Desde la llegada del oficialismo libertario al poder, trabajadores y sindicatos vienen denunciando recortes presupuestarios, paralización de inversiones y una política orientada al achicamiento de las estructuras estatales de comunicación.
Mientras continúan las negociaciones informales, el clima interno en la emisora permanece atravesado por una gran incertidumbre. Los gremios aseguran que mantendrán las protestas hasta obtener una propuesta concreta de recomposición salarial y garantías sobre la continuidad operativa de la señal pública.
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San Juan acordó con empresas de transporte facilitar el acceso al acto del 25 de Mayo
El Gobierno de San Juan avanza en la organización del desfile patrio del próximo 25 de Mayo con una medida destinada a facilitar la participación de las comunidades educativas de toda la provincia. La administración provincial gestionó con las empresas de Red Tulum la implementación de traslados gratuitos para alumnos y docentes que formen parte de las celebraciones oficiales.
La iniciativa fue confirmada por la ministra de Gobierno, Laura Palma, quien explicó que mantuvo conversaciones con el presidente de ATAP, Ricardo Salvá, para coordinar el operativo especial de transporte durante la jornada patria.
Según detalló la funcionaria, el planteo recibió una respuesta favorable por parte del sector empresario y ahora resta formalizar la adhesión definitiva de las distintas compañías que integran el sistema provincial de colectivos.
Desde el Ejecutivo consideran que la medida permitirá garantizar una mayor participación de escuelas de distintos departamentos, evitando que el traslado represente un costo adicional para las familias o las instituciones educativas.
El operativo se enmarca en los preparativos para una de las fechas más emblemáticas del calendario nacional, donde cada año cientos de estudiantes y docentes participan de los actos oficiales y del tradicional desfile patrio.
Palma también se refirió al funcionamiento general del sistema de transporte público y reconoció que la dinámica diaria presenta dificultades variables. Sin embargo, sostuvo que el objetivo del Gobierno provincial es mantener un esquema operativo que priorice el servicio y el acompañamiento a los usuarios.
La expectativa oficial es que durante los próximos días quede confirmado el mecanismo definitivo para los traslados, incluyendo horarios, recorridos y modalidad de acceso para las delegaciones escolares que participarán de la celebración del 25 de Mayo en San Juan.
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La Justicia internacional ratificó que la huelga forma parte de la libertad sindical
La Corte Internacional de Justicia emitió una opinión consultiva de alto impacto jurídico y político al reconocer que el derecho de huelga está protegido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo. El pronunciamiento fortalece la posición histórica de los sindicatos y reabre el debate sobre las restricciones laborales impulsadas en distintos países.
En una resolución considerada trascendental para el movimiento obrero internacional, la Corte Internacional de Justicia avaló este jueves la interpretación sostenida históricamente por la Organización Internacional del Trabajo respecto del derecho de huelga y su vínculo inseparable con la libertad sindical.
El máximo tribunal internacional concluyó que las medidas de fuerza se encuentran comprendidas dentro de las garantías protegidas por el Convenio 87 de la OIT, uno de los instrumentos fundamentales del derecho laboral global vinculado a la organización sindical y la defensa colectiva de los trabajadores.
La definición representa un fuerte revés para sectores empresariales internacionales que durante años cuestionaron esa interpretación bajo el argumento de que el texto del convenio no menciona explícitamente el derecho de huelga. Esa discusión se había transformado en una de las controversias más sensibles dentro del sistema internacional del trabajo y terminó escalando hasta la sede judicial de La Haya.
Aunque las opiniones consultivas de la CIJ no poseen carácter vinculante para los Estados, el peso institucional y jurídico del tribunal convierte el pronunciamiento en una referencia de enorme influencia para futuros debates judiciales, legislativos y sindicales en distintas regiones del mundo.
La resolución consolida además una doctrina sostenida durante décadas por los órganos técnicos de la OIT, que consideran a la huelga como una herramienta esencial para garantizar el ejercicio efectivo de la libertad sindical y el equilibrio entre capital y trabajo dentro de las relaciones laborales modernas.
El fallo adquiere especial relevancia en la Argentina, donde el gobierno de Javier Milei impulsó desde el inicio de su gestión distintas iniciativas orientadas a limitar medidas gremiales y ampliar el alcance de los servicios considerados esenciales.
Uno de los antecedentes más relevantes fue el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que incorporó modificaciones laborales resistidas por las centrales obreras y posteriormente frenadas de manera parcial por decisiones judiciales.
En ese marco, el pronunciamiento internacional aparece como un respaldo de peso para sindicatos y organizaciones gremiales frente a eventuales intentos de restringir el derecho de huelga mediante decretos, reglamentaciones o reformas laborales.
La discusión excede el plano estrictamente jurídico. En numerosos países se mantiene abierto el debate sobre los límites de las medidas de fuerza, las conciliaciones obligatorias, las prestaciones mínimas y la ampliación de actividades esenciales, mecanismos que muchas veces terminan condicionando la capacidad real de protesta de los trabajadores.
La decisión de la Corte también irrumpe en un período de elevada conflictividad laboral, marcado en distintos lugares del mundo por procesos de ajuste, despidos, flexibilización de convenios y reformas orientadas a desregular mercados laborales.
Para buena parte del sindicalismo internacional, la resolución de la CIJ ratifica un principio central del derecho colectivo: sin posibilidad concreta de huelga, la libertad sindical pierde efectividad y corre el riesgo de transformarse en una garantía meramente formal, sin herramientas reales de defensa frente a los desequilibrios de poder dentro del mundo laboral.
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