El gobierno incluyó nuevas actividades en los ATP
Desde sectores de la aeronavegación hasta alquiler de autos sin conductor y elaboración de vinos

El Gobierno declaró 15 nuevos sectores como críticos, y los incluyó en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), mientras la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de inscripción para salario complementario de septiembre. Asimismo, se estableció la modalidad de instrumentación de la sexta etapa del ATP, para auxiliar a las empresas con el pago de los salarios del mes pasado. El Gobierno adoptó las recomendaciones del Acta 21 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, que destacó la necesidad de «ampliar la nómina de las actividades que se consideran afectadas en forma crítica» y recomendó que «la asistencia a estos sectores retorne a niveles similares a los de la primera ronda de la ATP».
Esto significa que se incremente el actual piso de un salario mínimo, vital y móvil, equivalente a $ 16.875; a 1,25 SMVM, es decir, $ 21.093,75; para otorgar el beneficio de Salario Complementario.
Entre las quince actividades incorporadas al alcance del programa ATP se cuentan los servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves; y complementarios para el transporte aéreo. También, los alquileres de automóviles sin conductor; de vehículos automotores y de equipo de transporte, sin conductores ni operarios; y de equipos de transporte para vías acuática y aérea, sin operarios ni tripulación.
Por otro lado, se cuentan entre las actividades que pasarán a estar comprendidas en el ATP la elaboración de vinos; la fabricación de accesorios de vestir de cuero; la confección de prendas de vestir de cuero; la terminación y teñido de pieles y fabricación de artículos de piel; las ventas al por menor de prendas de cuero; artículos de talabartería y artículos regionales; y de marroquinería y paraguas.
Por su parte, la AFIP habilitó la inscripción al denominado ATP6, e informó en un comunicado que los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de setiembre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar hasta el viernes próximo.
El organismo destacó que «en agosto más de 165.000 empresas accedieron a los beneficios que les permitieron hacer frente al pago de los salarios de 1.760.000 trabajadores y trabajadoras». También subrayó que «el Estado argentino lleva invertidos cerca de $ 194.000 millones en el ATP para sostener los puestos de trabajo del sector privado».
El programa de asistencia prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación entre agosto de 2020 y de 2019 accedan al salario complementario, equivalente al 50% del salario neto.
Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada, cuya tasa de interés será en todos los casos del 15%. El trámite para acceder a un crédito a tasa subsidiada -que se acredita directamente en la cuenta bancaria del trabajador- se iniciará a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa.
Las pautas establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo contemplan la posibilidad de convertir los créditos a tasa subsidiada en un subsidio siempre y cuando las empresas beneficiadas cumplan determinadas metas de empleo. Al respecto señaló que «el salario neto resulta equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada en agosto de 2020, exteriorizada en la declaración jurada de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período».
En cuanto al salario complementario que reciba el trabajador «no podrá ser inferior a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital y móvil ($ 21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos SMVM ($ 33.750)», puntualizó.
En tanto, en el caso de empresas que iniciaron sus actividades entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2019, la comparación de la facturación nominal de agosto de 2020 debe hacerse con la de diciembre de 2019. A las empresas que iniciaron su actividad a partir del 1 de diciembre de 2019 no se considerará la variación de facturación para la obtención del beneficio del salario complementario. Para el cómputo de la plantilla de personal deberán detraerse las extinciones de las relaciones laborales ocurridas hasta hoy, 28 de septiembre de 2020, inclusive.
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El EPRE atribuyó el corte de energía eléctrica a una falla en la interconexión con Mendoza
Un corte de electricidad afectó este miércoles a distintos puntos de San Juan como consecuencia de una contingencia en las líneas que vinculan a la provincia con el Sistema Argentino de Interconexión (SADI). El EPRE informó que la interrupción involucró los enlaces de 220 kV y 500 kV provenientes de Mendoza.
La normalización del servicio eléctrico provincial se ejecutó de forma escalonada. Inicialmente, se reactivó el sistema de 220 kV para iniciar la recuperación gradual de la carga afectada; posteriormente, la restitución del vínculo de 500 kV completó la estabilización total del suministro.
Las instalaciones de transporte involucradas son operadas y mantenidas por DISTROCUYO S.A. y TRANSENER S.A., responsables de los respectivos vínculos de alta tensión que conectan San Juan con el SADI.
El organismo regulador aclaró que todavía no existe una determinación definitiva sobre la causa de la contingencia. El EPRE aguarda los informes técnicos de ambas empresas para establecer qué ocurrió, en qué punto se originó la falla y cuáles fueron las circunstancias que provocaron la interrupción.
El EPRE continuará monitoreando la red y anticipó que difundirá nueva información cuando disponga de los informes técnicos correspondientes. Hasta entonces, el organismo mantiene abierta la investigación sobre el origen de la contingencia.
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La Justicia frenó las elecciones de la UTA y fijó una nueva fecha para diciembre
Las elecciones nacionales de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), previstas para el 7 y 8 de octubre, fueron suspendidas por la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que ordenó retrotraer el proceso hasta la etapa de presentación de listas y avales y fijó una nueva fecha de votación para el 17 y 18 de diciembre.
La resolución, firmada por los jueces Enrique Catani y Gabriela Alejandra Vázquez, cuestionó distintos aspectos del proceso electoral. Entre ellos aparecen inconsistencias en el padrón, la distribución de los electores en las mesas y la oficialización de candidaturas. El tribunal concluyó que, bajo esas condiciones, los comicios no podían celebrarse válidamente en las fechas originalmente previstas.
Uno de los principales puntos observados fue el padrón. La Justicia identificó 2.870 exclusiones realizadas entre junio y agosto bajo la causal genérica de “cese laboral”, sin consignar la fecha concreta de finalización de la relación. También dispuso controles adicionales sobre altas y bajas de afiliados y ordenó verificar documentación antes de resolver futuras impugnaciones.
La Cámara también revisó la distribución de los 61.664 electores en 494 mesas. Para la nueva elección estableció un máximo de 600 votantes por mesa, además de contemplar una urna complementaria para determinados votos observados y mecanismos de verificación de información ante organismos como RENAPER y ARCA.
El nuevo proceso tendrá, además, fiscalización judicial permanente. El abogado laboralista Matías Cremonte fue designado veedor y podrá acceder a registros, bases de datos y documentación vinculada con la organización de los comicios. La Junta Electoral Central y las juntas locales continuarán en funciones, aunque bajo ese control.
La causa se inició a partir de una presentación de la Lista Negra, encabezada por Maximiliano Escriba, contra la UTA y su Junta Electoral. El fallo también permitirá revisar la situación de listas opositoras que habían quedado excluidas en distintas seccionales.
La postergación modifica el calendario de una elección atravesada por una fuerte disputa interna. El oficialismo, representado por la Lista Celeste y Blanca, impulsa nuevamente a Roberto Fernández, mientras que entre los espacios opositores aparecen la Lista Negra de Escriba, la Lista Marrón de Alberto Patiño y la Lista Bordó de Claudio Gómez.
Desde la conducción de la UTA manifestaron su respeto por la resolución judicial, aunque cuestionaron su contenido y atribuyeron la postergación a una estrategia de judicialización de la disputa interna. Esas acusaciones forman parte de la posición del oficialismo y no constituyen una conclusión establecida por el tribunal.
Según el nuevo cronograma, las listas definitivas deberán oficializarse antes del 30 de octubre y las mesas quedarán definidas el 1° de diciembre. En tanto, el escrutinio definitivo y la proclamación de autoridades tendrán que completarse antes del 29 de diciembre.
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ADICUS profundiza el reclamo universitario y pone bajo análisis el ciclo lectivo 2027
La Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de San Juan (ADICUS) ratificó el paro de 72 horas que comienzó este miércoles 30 de septiembre y se extenderá hasta el viernes 2 de octubre, en adhesión a la medida nacional convocada por CONADU y CONADU Histórica. La huelga alcanzará el dictado de clases en las facultades y en los colegios preuniversitarios de la UNSJ.
El reclamo combina dos puntos centrales: la recuperación de los salarios docentes y el cumplimiento de la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria. La norma establece mecanismos de actualización para los haberes docentes y nodocentes y dispone la recomposición de programas destinados a estudiantes.
En medio de la escalada judicial, el juez Martín Cormick —titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11— ratificó este miércoles la intimación al Gobierno nacional para que acate la cautelar universitaria en un lapso de cinco días. El magistrado consideró insuficientes los argumentos del Ejecutivo y advirtió que mantendrá las multas diarias en caso de persistir el incumplimiento.
La resolución se produjo después de que el Gobierno apelara la primera intimación y sostuviera ante la Justicia que ya había cumplido con las obligaciones alcanzadas por la cautelar. La controversia judicial se concentra en la aplicación de los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795, referidos a salarios universitarios y programas de becas.
En San Juan, además, ADICUS cuestionó la presentación judicial impulsada por familias de estudiantes de los colegios preuniversitarios que procuran evitar nuevas interrupciones de clases. La secretaria gremial Edith Liquitay sostuvo que ni el sindicato ni la UNSJ habían recibido una notificación formal del planteo y defendió la continuidad de las medidas mientras persista el reclamo salarial.
La dirigente también anticipó que dentro del gremio se analizan alternativas de mayor alcance para el próximo ciclo académico. Entre ellas aparecen la suspensión de las mesas de exámenes finales y la posibilidad de no iniciar las clases de 2027, aunque ADICUS aclaró que ninguna de esas medidas constituye por ahora una decisión adoptada.
El conflicto sumará una nueva convocatoria el 15 de octubre con la realización de la quinta Marcha Federal Universitaria, promovida por el Consejo Interuniversitario Nacional y respaldada por agrupaciones de docentes, nodocentes y estudiantes. La protesta exigirá el acatamiento de la normativa vigente, una actualización de los salarios y un mayor presupuesto para las casas de altos estudios públicas
La huelga de esta semana y el nuevo requerimiento judicial al Ejecutivo nacional trasladan la crisis universitaria a tres dimensiones simultaneamente: la puja salarial, la ejecución de la ley sancionada y el litigio en tribunales. En la órbita local, ADICUS continúa con la protesta en la UNSJ y analiza nuevas medidas que dependerán estrictamente de la evolución del escenario general.
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