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Desde sectores de la aeronavegación hasta alquiler de autos sin conductor y elaboración de vinos

El Gobierno declaró 15 nuevos sectores como críticos, y los incluyó en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), mientras la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de inscripción para salario complementario de septiembre. Asimismo, se estableció la modalidad de instrumentación de la sexta etapa del ATP, para auxiliar a las empresas con el pago de los salarios del mes pasado. El Gobierno adoptó las recomendaciones del Acta 21 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, que destacó la necesidad de «ampliar la nómina de las actividades que se consideran afectadas en forma crítica» y recomendó que «la asistencia a estos sectores retorne a niveles similares a los de la primera ronda de la ATP».

Esto significa que se incremente el actual piso de un salario mínimo, vital y móvil, equivalente a $ 16.875; a 1,25 SMVM, es decir, $ 21.093,75; para otorgar el beneficio de Salario Complementario.

Entre las quince actividades incorporadas al alcance del programa ATP se cuentan los servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves; y complementarios para el transporte aéreo. También, los alquileres de automóviles sin conductor; de vehículos automotores y de equipo de transporte, sin conductores ni operarios; y de equipos de transporte para vías acuática y aérea, sin operarios ni tripulación.

Por otro lado, se cuentan entre las actividades que pasarán a estar comprendidas en el ATP la elaboración de vinos; la fabricación de accesorios de vestir de cuero; la confección de prendas de vestir de cuero; la terminación y teñido de pieles y fabricación de artículos de piel; las ventas al por menor de prendas de cuero; artículos de talabartería y artículos regionales; y de marroquinería y paraguas.

Por su parte, la AFIP habilitó la inscripción al denominado ATP6, e informó en un comunicado que los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de setiembre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar hasta el viernes próximo.

El organismo destacó que «en agosto más de 165.000 empresas accedieron a los beneficios que les permitieron hacer frente al pago de los salarios de 1.760.000 trabajadores y trabajadoras». También subrayó que «el Estado argentino lleva invertidos cerca de $ 194.000 millones en el ATP para sostener los puestos de trabajo del sector privado».

El programa de asistencia prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación entre agosto de 2020 y de 2019 accedan al salario complementario, equivalente al 50% del salario neto.

Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada, cuya tasa de interés será en todos los casos del 15%.  El trámite para acceder a un crédito a tasa subsidiada -que se acredita directamente en la cuenta bancaria del trabajador- se iniciará a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa.

Las pautas establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo contemplan la posibilidad de convertir los créditos a tasa subsidiada en un subsidio siempre y cuando las empresas beneficiadas cumplan determinadas metas de empleo. Al respecto señaló que «el salario neto resulta equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada en agosto de 2020, exteriorizada en la declaración jurada de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período».

En cuanto al salario complementario que reciba el trabajador «no podrá ser inferior a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital y móvil ($ 21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos SMVM ($ 33.750)», puntualizó.

En tanto, en el caso de empresas que iniciaron sus actividades entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2019, la comparación de la facturación nominal de agosto de 2020 debe hacerse con la de diciembre de 2019. A las empresas que iniciaron su actividad a partir del 1 de diciembre de 2019 no se considerará la variación de facturación para la obtención del beneficio del salario complementario. Para el cómputo de la plantilla de personal deberán detraerse las extinciones de las relaciones laborales ocurridas hasta hoy, 28 de septiembre de 2020, inclusive.

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General

El comercio sanjuanino define su cronograma de apertura para el feriado de Semana Santa

En la antesala de un nuevo fin de semana largo, la Cámara de Comercio y Servicios de San Juan dio a conocer el esquema de atención al público que regirá durante la celebración de Semana Santa, con el objetivo de aportar previsibilidad tanto a comerciantes como a consumidores.

Según precisaron desde la entidad, el día miércoles —jornada en la que se conmemora el Día del Empleado Público— la actividad comercial se desarrollará con total normalidad en todo el territorio provincial, sin modificaciones en los horarios habituales.

En tanto, para el Jueves Santo, la recomendación es mantener la operatoria habitual, por lo que los comercios abrirán sus puertas en los horarios regulares, sosteniendo el flujo comercial vigente.

El panorama cambia el Viernes Santo, considerado feriado nacional, jornada en la que no habrá atención al público. En ese sentido, la mayoría de los establecimientos permanecerá cerrada en adhesión a la conmemoración religiosa.

Finalmente, el sábado posterior marcará la reactivación plena de la actividad, con la apertura de los comercios en sus horarios normales.

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Los salarios registrados vuelven a perder contra la inflación: sexto mes consecutivo de caída

El arranque de 2026 ratificó una tendencia que se viene profundizando en los últimos meses: los salarios registrados continúan corriendo por detrás de la inflación. De acuerdo con el informe difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), el índice salarial del segmento formal aumentó 2,5% en enero respecto de diciembre, ubicándose por debajo del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que registró un alza del 2,9% en el mismo período.

La evolución dispar entre los distintos segmentos del mercado laboral vuelve a evidenciar problemas estructurales. Mientras el sector privado registrado replicó el promedio general con una suba del 2,5%, el sector público mostró un incremento aún más moderado, de apenas 1,8%. En contraposición, el sector privado no registrado encabezó las mejoras con un incremento del 4,4% mensual, aunque este dato presenta un rezago estadístico de cinco meses, reflejando en realidad la dinámica de agosto de 2025.

Este desfase metodológico introduce matices en la lectura de los datos: si bien los ingresos informales aparecen como los únicos que logran superar la inflación en el mes, su comportamiento no responde a la coyuntura inmediata. En cambio, los salarios formales —que impactan directamente en el consumo actual— muestran un deterioro persistente en términos reales.

En la comparación interanual, la tendencia también resulta desfavorable. El índice general de salarios registrados exhibió un incremento del 30%, por debajo del 32,4% acumulado por el IPC. Dentro de este universo, el sector privado registrado avanzó 28,5%, mientras que el sector público alcanzó el 30%, confirmando la pérdida de poder adquisitivo en ambos segmentos.

Por su parte, los trabajadores informales registraron una suba interanual del 80,6%, aunque nuevamente este dato debe relativizarse por el rezago estadístico, dado que se compara con una inflación del 33,6% correspondiente a agosto del año pasado.

Al interior del sector público, el movimiento también fue heterogéneo. El subsector nacional mostró un alza mensual del 2,0%, mientras que el nivel provincial avanzó 1,7%. En términos interanuales, las diferencias se amplían: los salarios nacionales crecieron 22,4%, muy por debajo de la inflación, mientras que los provinciales alcanzaron un 33,4%, en línea —aunque apenas— con la evolución de los precios.

El comportamiento de los salarios en el inicio del año expone una problemática persistente: la dificultad de los ingresos formales para acompañar el ritmo inflacionario. A diferencia de otros períodos donde las paritarias permitían recomponer parcialmente el poder adquisitivo, el escenario actual muestra una proyección más restrictiva, con ajustes salariales que no logran cerrar la brecha frente al aumento del costo de vida.

El impacto es directo sobre el consumo, particularmente en rubros sensibles como alimentos, que volvieron a liderar las subas en enero. Esta combinación —salarios congelados y precios en alza— erosiona la capacidad de compra de los hogares y condiciona la recuperación del mercado interno.

Asimismo, la aparente mejora de los ingresos informales no alcanza a compensar el deterioro general, no solo por su retraso estadístico, sino también por la precariedad estructural que caracteriza a ese segmento, donde los ingresos suelen ser más volátiles y carecen de mecanismos de protección.

Los datos de enero consolidan inestabilidad e inconsistencia para los ingresos formales en Argentina. Con sueldos que vuelven a quedar por debajo de la inflación y sin señales claras de recomposición inmediata, el poder adquisitivo continúa deteriorándose, afectando tanto a trabajadores del sector privado como del ámbito público.

En este aspecto, la evolución de las paritarias y la inercia de precios en los próximos meses serán determinantes para definir si esta tendencia logra revertirse o si, por el contrario, se profundiza un ciclo de pérdida sostenida del ingreso real.

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Seguros no autorizados: crecen los reclamos contra el Banco San Juan y escala una demanda colectiva millonaria

Mientras Defensa al Consumidor acumula más de un centenar de expedientes por descuentos no reconocidos, la Justicia impulsa una acción colectiva que busca frenar la práctica, ordenar devoluciones y aplicar sanciones millonarias.

El incremento sostenido de denuncias por descuentos indebidos en cuentas bancarias abrió un frente de conflicto de creciente magnitud en San Juan. La Dirección de Defensa al Consumidor confirmó que ya supera los cien expedientes en trámite contra el Banco San Juan, en su mayoría vinculados a débitos automáticos por seguros que los usuarios aseguran no haber contratado o cuya existencia desconocían.

La titular del organismo, Fabiana Carrizo, precisó que la intervención estatal se encuentra en una instancia administrativa conciliatoria, orientada a resolver los casos sin necesidad de judicialización. “La gestión previa busca una solución favorable al consumidor y evitarle el desgaste de un proceso judicial prolongado, especialmente en situaciones de menor cuantía pero alto impacto individual”, explicó. La estrategia apunta a agilizar respuestas en un universo de afectados donde predominan adultos mayores.

El origen del conflicto se remonta a operativos territoriales realizados en centros de jubilados, donde se detectaron patrones reiterados: descuentos por pólizas sin respaldo documental, ausencia de consentimiento informado y desconocimiento generalizado sobre la existencia de esos servicios. A partir de esos hallazgos, el organismo implementó un programa específico para consumidores hipervulnerables, que permitió en varios casos la baja de los seguros y la restitución de los montos debitados.

Sin embargo, el volumen de reclamos y la persistencia de prácticas cuestionadas derivaron en un frente judicial de mayor escala. En simultaneo a las gestiones administrativas, avanza una demanda colectiva que busca el cese inmediato de los cobros considerados irregulares, la devolución de las sumas percibidas —con sus correspondientes intereses— y la aplicación de daño punitivo. La cifra estimada en este último concepto ronda los 2.336 millones de pesos, lo que da cuenta de la envergadura del litigio.

El proceso judicial sumó recientemente un revés significativo para la entidad bancaria. El Juzgado Contencioso Administrativo rechazó un planteo que intentaba excluir a la asociación demandante, al considerar que sí cuenta con legitimación para representar a los consumidores.

La resolución refuerza el encuadre del caso como una acción colectiva, sustentada en la normativa de defensa del consumidor y en la existencia de un universo amplio de potenciales damnificados.

Otro punto relevante fue la negativa judicial a aplicar el plazo de prescripción anual previsto en la Ley de Seguros. La magistrada interviniente sostuvo que trasladar ese criterio a una acción colectiva podría vaciar de contenido el mecanismo protectorio, al limitar el alcance de los reclamos en situaciones donde la conducta cuestionada reviste carácter sistemático.

El expediente también habilitó la participación de compañías aseguradoras vinculadas a los productos cuestionados, con el objetivo de aportar documentación que permita esclarecer las condiciones de contratación. No obstante, se rechazaron planteos de inconstitucionalidad respecto de la capitalización de intereses, consolidando así un escenario judicial adverso para la estrategia defensiva del banco.

La dimensión del conflicto se amplifica a partir de un dato clave: la propia entidad reconoció que más de 86 mil clientes poseen seguros asociados a sus cuentas. Este volumen introduce interrogantes sobre la transparencia de los mecanismos de adhesión y sobre el nivel de información brindado a los usuarios al momento de la contratación.

En este sentido, la actuación de Defensa al Consumidor adquiere un rol central como instancia de contención y resolución temprana. Desde el organismo remarcan que, ante la falta de respuesta de las entidades financieras, existen herramientas sancionatorias y recomiendan a los usuarios revisar periódicamente los movimientos de sus cuentas para detectar eventuales irregularidades.

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