El gobierno incluyó nuevas actividades en los ATP
Desde sectores de la aeronavegación hasta alquiler de autos sin conductor y elaboración de vinos

El Gobierno declaró 15 nuevos sectores como críticos, y los incluyó en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), mientras la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de inscripción para salario complementario de septiembre. Asimismo, se estableció la modalidad de instrumentación de la sexta etapa del ATP, para auxiliar a las empresas con el pago de los salarios del mes pasado. El Gobierno adoptó las recomendaciones del Acta 21 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, que destacó la necesidad de «ampliar la nómina de las actividades que se consideran afectadas en forma crítica» y recomendó que «la asistencia a estos sectores retorne a niveles similares a los de la primera ronda de la ATP».
Esto significa que se incremente el actual piso de un salario mínimo, vital y móvil, equivalente a $ 16.875; a 1,25 SMVM, es decir, $ 21.093,75; para otorgar el beneficio de Salario Complementario.
Entre las quince actividades incorporadas al alcance del programa ATP se cuentan los servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves; y complementarios para el transporte aéreo. También, los alquileres de automóviles sin conductor; de vehículos automotores y de equipo de transporte, sin conductores ni operarios; y de equipos de transporte para vías acuática y aérea, sin operarios ni tripulación.
Por otro lado, se cuentan entre las actividades que pasarán a estar comprendidas en el ATP la elaboración de vinos; la fabricación de accesorios de vestir de cuero; la confección de prendas de vestir de cuero; la terminación y teñido de pieles y fabricación de artículos de piel; las ventas al por menor de prendas de cuero; artículos de talabartería y artículos regionales; y de marroquinería y paraguas.
Por su parte, la AFIP habilitó la inscripción al denominado ATP6, e informó en un comunicado que los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de setiembre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar hasta el viernes próximo.
El organismo destacó que «en agosto más de 165.000 empresas accedieron a los beneficios que les permitieron hacer frente al pago de los salarios de 1.760.000 trabajadores y trabajadoras». También subrayó que «el Estado argentino lleva invertidos cerca de $ 194.000 millones en el ATP para sostener los puestos de trabajo del sector privado».
El programa de asistencia prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación entre agosto de 2020 y de 2019 accedan al salario complementario, equivalente al 50% del salario neto.
Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada, cuya tasa de interés será en todos los casos del 15%. El trámite para acceder a un crédito a tasa subsidiada -que se acredita directamente en la cuenta bancaria del trabajador- se iniciará a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa.
Las pautas establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo contemplan la posibilidad de convertir los créditos a tasa subsidiada en un subsidio siempre y cuando las empresas beneficiadas cumplan determinadas metas de empleo. Al respecto señaló que «el salario neto resulta equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada en agosto de 2020, exteriorizada en la declaración jurada de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período».
En cuanto al salario complementario que reciba el trabajador «no podrá ser inferior a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital y móvil ($ 21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos SMVM ($ 33.750)», puntualizó.
En tanto, en el caso de empresas que iniciaron sus actividades entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2019, la comparación de la facturación nominal de agosto de 2020 debe hacerse con la de diciembre de 2019. A las empresas que iniciaron su actividad a partir del 1 de diciembre de 2019 no se considerará la variación de facturación para la obtención del beneficio del salario complementario. Para el cómputo de la plantilla de personal deberán detraerse las extinciones de las relaciones laborales ocurridas hasta hoy, 28 de septiembre de 2020, inclusive.
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Marcha Federal Universitaria: los gremios redoblan el reclamo tras la apelación del Gobierno
Los gremios universitarios ratificaron la quinta Marcha Federal Universitaria, convocada para el 15 de octubre, luego de que la Justicia ordenara al Gobierno nacional cumplir de inmediato la Ley de Financiamiento Universitario. La decisión judicial no modificó la convocatoria y las organizaciones sindicales sostienen que la movilización sigue siendo necesaria ante la falta de certezas sobre la aplicación efectiva de la norma.
El fallo fue dictado por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, quien declaró inconstitucional el Decreto 759/2025 en el tramo que había suspendido la ejecución de la Ley 27.795. La resolución hizo lugar a presentaciones del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), universidades y docentes, incluida la Universidad de Buenos Aires (UBA), y ordenó al Poder Ejecutivo adoptar las medidas necesarias para implementar la legislación.
Sin embargo, el Gobierno volvió a apelar la decisión, por lo que la controversia judicial continúa. Para las organizaciones gremiales, la presentación oficial refuerza la necesidad de sostener las medidas de fuerza hasta que se concrete la recomposición salarial y presupuestaria reclamada.
El secretario general de la Federación de Docentes de las Universidades (FEDUN), Daniel Ricci, confirmó que la marcha se realizará. En la misma línea, la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN), que representa al personal nodocente, ratificó la continuidad de su plan de lucha, con paros escalonados en distintas casas de estudio.
La disputa por los fondos y los salarios
La protesta surge de la brecha entre los compromisos estatales que exigen los gremios y los montos ya abonados. De acuerdo con los datos sindicales, solo se ha liquidado el 21,3% de la deuda total. Del porcentaje restante, un 33,4% corresponde a sueldos atrasados y un 20% a becas y partidas presupuestarias pendientes.
La negociación salarial tampoco logró acercar posiciones. En septiembre, la propuesta oficial contempló aumentos del 3% para ese mes y otro 3% para octubre, frente a un reclamo sindical de recomposición del 33,4%.
Garantizar la Ley de Financiamiento Universitario, actualizar los sueldos del sector y recuperar los fondos de funcionamiento operativo serán los ejes de la marcha del 15 de octubre.El conflicto se agudiza por la falta de acuerdos paritarios y un fallo judicial recurrido. Así, el frente universitario da pelea en dos terrenos: el cumplimiento formal de una ley nacional y el reclamo histórico de las federaciones por ingresos que saquen a la actividad académica de la crisis.
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San Juan puso a prueba sus protocolos sísmicos en 1.380 escuelas
El ejercicio provincial comenzó durante el turno mañana y abarca a instituciones públicas y privadas de todos los niveles y modalidades. La práctica involucra a más de 243.000 estudiantes y permite evaluar los 2.400 planes de evacuación elaborados por las comunidades educativas.
La Provincia puso en marcha este viernes un simulacro de evacuación que alcanza a 1.380 establecimientos educativos y más de 243.000 estudiantes, con el objetivo de evaluar los protocolos de actuación ante emergencias y fortalecer la preparación frente al riesgo sísmico.
La práctica comenzó durante el turno mañana y, según el Ministerio de Educación, se desarrolló con normalidad. Tras completar la evacuación, las escuelas verificaron la asistencia, revisaron sus edificios y retomaron las clases. El operativo continuará durante la jornada con ejercicios previstos a las 16, 19 y 21, de acuerdo con los horarios de funcionamiento de cada institución.

La iniciativa es coordinada por el Ministerio de Educación y la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público, a través de la Dirección de Protección Civil. El alcance comprende establecimientos de gestión estatal y privada, en todos los niveles y modalidades.
La ministra de Educación, Silvia Fuentes, supervisó el desarrollo desde el CISEM junto con el secretario de Seguridad, Enrique Delgado, el director de Protección Civil, Diego Morales, y otras autoridades. Fuentes remarcó que la prevención sísmica exige práctica sostenida para que estudiantes, docentes y personal escolar sepan cómo actuar ante una emergencia.
Delgado, en tanto, destacó la importancia de extender la capacitación preventiva a toda la comunidad, más allá de los organismos de seguridad.

Evaluación de los protocolos
El simulacro forma parte del proceso de formación desarrollado durante 2026 y pone a prueba 2.400 planes de evacuación elaborados en las jornadas de capacitación. Al finalizar, cada establecimiento deberá completar un formulario de autoanálisis para identificar dificultades y determinar posibles mejoras en sus procedimientos.
La dimensión del operativo supera la experiencia del año pasado, cuando el primer simulacro provincial simultáneo involucró a 1.249 escuelas distribuidas en 594 edificios. En esta edición, la convocatoria alcanza al total de los establecimientos educativos de San Juan.
Más allá de validar los tiempos de respuesta y las rutas de evacuación, este ejercicio permite examinar la articulación interna de cada organismo y detectar oportunidades de mejora. La evaluación subsiguiente resultará crucial para traducir las lecciones aprendidas en medidas efectivas ante un eventual escenario de crisis.
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La Corte Suprema suspendió la derogación de la Ley de Tierras y reabrió el debate judicial
La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió de manera provisoria la derogación de la Ley de Tierras Rurales, dispuesta por el artículo 154 del DNU 70/2023. La decisión respondió a una presentación de la Asociación Civil Árbol de Pie y busca evitar eventuales daños ambientales mientras la Justicia define si corresponde admitir el reclamo.
La medida cautelar interina fue firmada por Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. La resolución no implica un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad del decreto: mantendrá suspendidos sus efectos hasta que el Juzgado Federal de Bariloche examine la legitimación de los demandantes y el pedido de protección judicial.
La causa se inició a fines de diciembre de 2023, cuando Árbol de Pie y otros particulares promovieron un amparo colectivo. Sostuvieron que la derogación de la Ley 26.737 podía comprometer el derecho a un ambiente sano, reconocido por el artículo 41 de la Constitución Nacional, y afectar la utilización racional de los recursos naturales y la preservación de la biodiversidad.
El expediente pasó por distintas instancias judiciales sin que se resolvieran esos planteos. El juzgado de Bariloche lo había remitido a la Cámara Federal de La Plata, donde tramitaba otra causa relacionada con la misma disposición, antes de que llegara al máximo tribunal.
La diferencia con el caso CECIM
La Corte distinguió este reclamo del presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM), cuya demanda contra la derogación fue rechazada el 29 de septiembre de 2026 por falta de legitimación activa. En aquel expediente, el planteo se centraba en una presunta afectación de la soberanía nacional; el de Árbol de Pie, en cambio, invoca la protección ambiental.
Ante la falta de una respuesta judicial sobre su presentación, la asociación pidió que se aclarara el alcance del fallo anterior y reiteró la solicitud cautelar. La mayoría entendió que correspondía adoptar una protección provisoria para resguardar el acceso efectivo a la Justicia y prevenir posibles daños irreparables.
Rosenkrantz sostuvo que la Corte no tenía competencia para dictar esa medida en el expediente y consideró que la causa debía regresar a la Justicia federal de Bariloche sin suspender los efectos del decreto.
El fallo posterga la decisión sobre si la derogación de la Ley de Tierras es constitucional o no, dejando el debate abierto. Ahora, el juzgado federal tendrá que resolver si los demandantes tienen legitimación y si se debe mantener la medida cautelar durante la tramitación del amparo.
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