El gobierno nacional promulgó la Ley de Teletrabajo
Se establecen los presupuestos legales mínimos para la regulación de esta modalidad labora
El gobierno nacional promulgó la Ley de Teletrabajo aprobada en el Congreso el 30 de julio último, en la que se establecen los presupuestos legales mínimos para la regulación de esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan. La modalidad de teletrabajo se incorpora así al Título III “De las modalidades del contrato de trabajo” del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación será la autoridad de aplicación de la ley y deberá dictar la reglamentación respectiva dentro de los próximos noventa días.
E n tanto, la ley entrará en vigor luego de noventa días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesto por el coronavirus.
La ley N° 27.555 fue promulgada con su publicación en el Boletín Oficial bajo el decreto 673/2020, firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.
Según se establece, habrá contrato de teletrabajo «cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios, sea efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación».
Los presupuestos legales mínimos del contrato de teletrabajo se establecerán por ley especial y las regulaciones específicas para cada actividad se establecerán mediante la negociación colectiva. Las personas que trabajen contratadas bajo esta modalidad «gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían bajo la modalidad presencial», según indica la norma.
Asimismo, «los convenios colectivos deben, acorde a la realidad de cada actividad, prever una combinación entre prestaciones presenciales y por teletrabajo».
La jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos.
Las plataformas y/o software utilizados por el empleador deberán desarrollarse de modo acorde a la jornada laboral establecida, impidiendo la conexión fuera de la misma. En tanto, la persona que trabaja bajo esta modalidad tendrá derecho a no ser contactada fuera de su jornada laboral y no podrá ser sancionada por hacer uso de este derecho.
Además, el empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral.
Por otra parte, las personas que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de trece (13) años, personas con discapacidad o adultas mayores que convivan con la persona trabajadora y que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada. Cualquier represalia u obstaculización del empleador que lesione estos derechos se presumirá discriminatorio resultando aplicables las previsiones de la ley 23.592, establece la ley.
Mediante la negociación colectiva podrán establecerse pautas específicas para el ejercicio de este derecho vinculadas a la voluntariedad (el traslado de quien trabaja en teletrabajo debe ser voluntario y prestado por escrito), y la reversibilidad (el consentimiento prestado por la persona que trabaja en teletrabajo, podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación).
Respecto de los elementos de trabajo, el empleador debe proporcionar el equipamiento y asumir los costos de instalación y la persona que trabaja será responsable por su correcto uso. Además tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar.
Por otra parte, el empleador deberá garantizar la correcta capacitación en nuevas tecnologías y eso no implicará una mayor carga de trabajo. Las personas que se desempeñen bajo la modalidad de teletrabajo, gozarán de todos los derechos colectivos y la representación sindical será ejercida por la asociación sindical de la actividad donde presta servicios.
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El Gobierno dio marcha atrás con el cierre del Hospital Bonaparte
ATE anunció que llegó a un acuerdo con el Gobierno, garantizando que no habrá clausuras de servicios ni el cierre del centro médico.
En concreto, el Ministerio de Salud llegó a un acuerdo con la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) para asegurar que el hospital continuará operando con todos sus servicios y que no habrá despidos. «Además se garantiza la continuidad de los 612 puestos de trabajo. Nos comprometimos a suspender las medidas de fuerza en el hospital, pero vamos a mantener la convocatoria a marchar el jueves en el Día de la Salud Mental. Siempre lo dijimos: Con un gobierno que prioriza el déficit cero por sobre el hambre de los niños y los jubilados y que quiere destruir el Estado, no tenemos que dialogar, tenemos que confrontarlo. ¡LUCHAR SIRVE! ¡ES EN LA CALLE! ¡LA SALUD PÚBLICA SE DEFIENDE!», señaló ATE.
Esta decisión del Gobierno, a través del Ministerio de Salud, llegó después de 96 horas consecutivas de protestas y la ocupación del edificio. “El ministro de Salud de la Nación acaba de acordar con ATE que no habrá clausura de servicio, ni cierre del Hospital Laura Bonaparte. Este es el triunfo de la decisión de luchar de los trabajadores y de la masividad demostrada en las calles”, informó Rodolfo Aguiar, secretario general del sindicato.
Lo concreto es que este martes al mediodía, el Gobierno firmó un acuerdo con los gremios estatales UPCN y ATE para crear una mesa de trabajo conjunta «a fin de asegurar la prestación de servicios y la atención de salud de los pacientes en el citado organismo, en el marco de la reestructuración».
Las autoridades aseguraron que «las personas que concurran al centro de salud seguirán siendo atendidas en los diversos servicios del mismo con total normalidad» y garantizaron la continuidad del personal del Hospital.
La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) se comprometió a suspender las medidas de protesta que estaba llevando a cabo, las cuales incluían la ocupación del edificio del centro de salud.
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El 30 de octubre habrá paro nacional de transporte
Este martes, tras un plenario de la Mesa Nacional de Transporte, integrada por siete gremios importantes del sector, se anunció un paro de transporte de 24 horas para el miércoles 30 de octubre. La medida de fuerza, decidida por unanimidad, estaba prevista originalmente para el 17 de octubre. El objetivo es “la defensa de la soberanía del país que está representada en las rutas nacionales, en los trenes, mares, ríos y cielos”.
La reunión se llevó adelante a partir de las 10 en el Complejo Deportivo de la Federación de Peones de Taxis, donde se abordó la situación del sector. Como la Unión Tranviarios Automotor (UTA), liderada por Roberto Fernández, negocia un aumento salarial dentro del período de conciliación obligatoria dispuesta por la Secretaría de Trabajo, y las partes no pueden tomar ninguna medida que complique las tratativas, el paro fue postergado para el 30 de octubre.
Días antes, los gremios del sector declararon “el estado de alerta y movilización” en repudio a distintas medidas del Gobierno nacional. Algunas de ellas son la vuelta del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría, la declaración del servicio aeronáutico como esencial (que en la práctica implica una limitación al derecho a huelga) y el conflicto salarial en Aerolíneas Argentinas.
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Alarmante: siete de cada diez familias tuvieron que hacer recortes en su alimentación
Un informe reveló que siete de cada 10 familias tuvieron que realizar recortes en su alimentación, número que empeora en los barrios populares, donde los recortes alcanzaron al 80% de las familias.
El relevamiento se implementó sobre 49 políticas de cuidado, detectando que solo siete continúan en vigencia. «El 86% de las políticas se encuentran discontinuadas y derogadas», resalta el informe.
Según lo relevado, el porcentaje exacto de familias que debieron recortar es el 65%, agregando que el 67% de los hogares con infantes afirmó tener más dificultad para obtener vacantes en espacios de cuidado y jardines.
Asimismo, el 76% de las familias con adultos mayores expresó que perciben costos ampliamente más elevados, sobre todo en los medicamentos que perdieron cobertura. El 74% aseveró un impedimento para contratar cuidados para estas personas, debido a una caída en sus ingresos.
Por otro lado, de los hogares que contienen personas con discapacidad, el 64% afirmó que se acrecentaron los problemas económicos para obtener prestadores que les aseguren las terapias necesarias. A la par, el 85% de estas familias identificó un importantes suba de precios en los medicamentos, representando su mayor dificultad.
Según el relevamiento: «En los 3 grupos de hogares la mayoría de las familias identificó tener menor disponibilidad de tiempo para cuidar de estas personas en los últimos 6 meses».
Fuente: ámbito
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