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El proyecto se aprobó con 40 votos a favor y 30 en contra. El oficialismo solo contó con el acompañamiento de la misionera Magdalena Solari Quintana. Qué dice la flamante norma.

El oficialismo aprobó hoy en el Senado y convirtió en ley el proyecto para regular el teletrabajo, en una votación dividida y con objeciones de la oposición por la negativa a modificar la redacción de la nueva norma.

La ley fue aprobada con 40 votos a favor y 30 en contra, luego de un debate de poco más de tres horas, en las que el Frente de Todos justificó el avance en la sanción de la ley sin modificaciones y Juntos por el Cambio criticó la ausencia de correcciones.

La nueva norma establece una serie de principios generales para la nueva modalidad laboral -extendida durante la pandemia de Covid-19 y el aislamiento- y deja las regulaciones específicas en manos de los convenios colectivos de cada sector. Entre las objeciones de la oposición, coincidentes con las de las cámaras empresariales, se encuentra el punto de la ley referido a la reversibilidad, que habilita al trabajador en modalidad remota a volver a su puesto presencial cuando así lo quiera, sin que el empleador pueda poner reparos.

Al inicio del debate, el oficialista Daniel Lovera, presidente de la Comisión de Trabajo, indicó que la negativa a aceptar cambios se basó en que «es un texto al que se arribó desde diferentes iniciativas, escuchando a todos los sectores, y que protege a los trabajadores». «Hemos escuchado inclusive a sectores propiciar la ausencia de regulación para no entorpecer el mercado y sus posibilidades de crecimiento.

La falta de regulación no solo genera conflictos, sino que genera abusos», agregó. Al respecto, Lovera remarcó que «es imprescindible contar con un marco regulatorio para evitar que se afecten derechos» y que «serán las negociaciones colectivas las que definan cada una de las particularidades (del teletrabajo) en cada actividad».

Por su parte, Esteban Bullrich, de Juntos por el Cambio, subrayó: «Aquí estamos una vez más para votar una ley sin cambios. Los argumentos de siempre, pero ahora con un relato que habla de consenso mayoritario y del proceso de escucha que hubo en esta ley». «Al no haber modificaciones claramente no hay consenso», señaló Bullrich quien, al igual que otros senadores de la oposición advirtió que la ley tal como está no promoverá la modalidad de teletrabajo sino que la dificultará.

Una de las sorpresas de la votación fue el rionegrino Alberto Weretilneck, que desde su bloque unipersonal suele acompañar al oficialismo pero en este caso votó en contra y argumentó: «Como toda cosa apurada y producto de la urgencia, no creo que esta ley sirva para el objetivo que se plantea».

En tanto, Julio Cobos, de Juntos por el Cambio, destacó que el proyecto «no viene del Ejecutivo y no salió del oficialismo, sino que surge de muchos proyectos presentados en la Cámara de Diputados», donde la oposición «acompañó». Al respecto, agregó: «Entonces, nosotros no nos estamos oponiendo, estamos tratando de ejercer el rol de cámara revisora, pero se pierde la oportunidad de hacer una buena ley».

A modo de cierre del debate, el oficialista Mariano Recalde sostuvo que «se escuchan predicciones apocalípticas cada vez que se trata de ampliar derechos para los trabajadores» y subrayó que «durante los 12 años de gobierno kirchnerista se trataron 69 leyes laborales y decían las mismas cosas».

«Sin embargo los números demuestran otras cosas», continuó el senador del Frente de Todos, quien precisó que «en 2003 la cantidad de empleadores era de 355.476, en 2015, después de 69 leyes laborales que iban a ser una catástrofe, la cantidad de empresas llegaron a 568.737». Y concluyó: «La ley de teletrabajo no va a ser un obstáculo para que esta modalidad, que ya existía y se aceleró durante la pandemia, siga creciendo».

Fuente: jueves 30 de julio de 2020 – (NA)

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El Gobierno postergó el Festi Joven por las condiciones meteorológicas

El Festi Joven 2026 no se realizará este domingo 20 de septiembre. El Gobierno de San Juan resolvió reprogramar la celebración para el lunes 21, debido al alerta meteorológico vigente por viento Zonda y al pronóstico de fuertes ráfagas.

La modificación responde a un criterio preventivo vinculado con las condiciones previstas para la jornada. La decisión busca reducir los riesgos para jóvenes, estudiantes, familias, artistas, trabajadores y personal afectado a la organización del encuentro.

La nueva fecha mantendrá el mismo lugar y horario establecidos inicialmente, por lo que no habrá cambios en la programación general derivados del traslado.

El Festi Joven había sido anunciado como una de las principales propuestas para celebrar la llegada de la primavera, con música, juegos y actividades recreativas y deportivas destinadas principalmente a jóvenes y estudiantes.

El cambio de fecha se produce ante un fenómeno meteorológico que puede generar ráfagas intensas y afectar la circulación, el uso de espacios abiertos y las condiciones de seguridad necesarias para una convocatoria masiva.

De esta manera, el festejo quedará concentrado el lunes 21 de septiembre, siempre sujeto a las condiciones meteorológicas previstas para ese día. La reprogramación permite conservar la propuesta original y priorizar el desarrollo del encuentro bajo condiciones más adecuadas para el público y quienes participen de su organización.

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Del Centro Cívico a la Peatonal: así fue la Marcha de la Bronca en San Juan

Organizaciones sociales, políticas, ambientales y trabajadores autoconvocados recorrieron este sábado distintos puntos del microcentro sanjuanino. La movilización formó parte de una jornada nacional de protesta y reunió reclamos por salarios, empleo, educación, salud, discapacidad, políticas de género y protección ambiental.

En San Juan, la concentración comenzó en Plaza España y posteriormente la columna avanzó por el Centro Cívico, avenida Libertador San Martín, calle Mendoza y Plaza 25 de Mayo, hasta llegar a la intersección de General Acha y Rivadavia, en uno de los accesos a la Peatonal.

Una vez concluido el recorrido, los manifestantes se concentraron para la lectura de un documento elaborado previamente en asambleas. El texto reunió una extensa plataforma de reclamos que incluyó cuestiones laborales, sociales, educativas, sanitarias y ambientales.

Entre las organizaciones que participaron estuvieron las asambleas barriales del Polo Obrero, el Partido Obrero de San Juan, el Frente de Izquierda y el Movimiento Socialista de los Trabajadores, junto con agrupaciones sociales, ambientales y otros espacios de izquierda. La convocatoria provincial había sido presentada como parte de una jornada federal contra las políticas económicas del Gobierno nacional.

Salarios, servicios y empleo

Uno de los principales planteos estuvo dirigido a los ingresos de los trabajadores. Las organizaciones reclamaron salarios que permitan cubrir la canasta familiar y cuestionaron el deterioro del poder adquisitivo, junto con el costo de los servicios públicos y la pérdida de puestos laborales.

La educación y la salud pública ocuparon otro lugar central. Los manifestantes reclamaron mayor presupuesto, provisión de recursos e insumos y políticas que garanticen el acceso a ambos servicios. También incorporaron la defensa de la discapacidad y la implementación plena de la Educación Sexual Integral (ESI) entre sus demandas.

El documento incluyó además reivindicaciones vinculadas con mujeres y diversidades, con pedidos de políticas públicas frente a la violencia de género y críticas a la reducción de partidas destinadas a esas áreas.

Ambiente, minería y RIGI

La cuestión ambiental tuvo una presencia particular en la movilización sanjuanina. Las organizaciones cuestionaron el modelo extractivo y reclamaron protección para los territorios y los recursos naturales, con especial énfasis en el agua frente al desarrollo de proyectos de megaminería.

También expresaron su rechazo al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y plantearon reparos frente a lo que consideran una mayor participación de empresas extranjeras en la explotación de recursos naturales. Esos cuestionamientos forman parte de una agenda que los espacios convocantes vienen sosteniendo en San Juan, particularmente alrededor de la defensa del agua y el territorio.

En el plano político, los oradores dirigieron críticas al Gobierno de Javier Milei y también cuestionaron a gobernadores de distintos espacios partidarios por acompañar iniciativas del oficialismo en el Congreso.

Reclamo a las centrales sindicales

Otro de los puntos centrales fue el pedido dirigido a la CGT y las CTA para que convoquen a un paro nacional y articulen un programa de medidas de fuerza contra las políticas económicas del Gobierno.

Ese planteo, sin embargo, corresponde a las organizaciones que impulsaron la movilización. La Marcha de la Bronca no contó con la adhesión orgánica de las principales centrales obreras nacionales, aunque algunos sectores sindicales y organizaciones de trabajadores participaron de la jornada.

El documento nacional también incorporó el rechazo al pago de la deuda con el Fondo Monetario Internacional y otros organismos multilaterales, además de cuestionamientos a la política exterior de Estados Unidos en América Latina y una posición de condena a las acciones del gobierno israelí en Gaza, con un reclamo por la ruptura de relaciones diplomáticas con Israel.

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Un fallo pone bajo la lupa el alquiler de autos para trabajar con aplicaciones

El Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 3 reconoció la existencia de una relación laboral entre deRentas y trabajadores que utilizaban sus vehículos para prestar servicios mediante aplicaciones y determinó la aplicación del Convenio Colectivo 773/2019. FAREM considera que la sentencia puede convertirse en un antecedente relevante para otras empresas del rubro.

La sentencia fue dictada por el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 3 y fue recibida por la Federación Argentina de Remises (FAREM) como un pronunciamiento de relevancia frente a las nuevas modalidades de transporte de pasajeros que utilizan aplicaciones digitales.

Para el secretario general de FAREM, Alejandro Poli, el fallo establece que la utilización de una plataforma tecnológica no modifica la naturaleza de la tarea desarrollada por el conductor. El dirigente sostuvo que cuando un trabajador recibe un pedido, se dirige a buscar a un pasajero y lo traslada hasta otro destino a cambio de una remuneración, la prestación debe quedar comprendida dentro del convenio específico de la actividad.

El punto adquiere especial importancia por la modalidad contractual utilizada por empresas que ofrecen vehículos a conductores que luego trabajan mediante aplicaciones. Según la interpretación de FAREM, presentar la relación como un simple alquiler de automóvil no alcanza para excluir las obligaciones laborales cuando, en los hechos, existe una prestación organizada y remunerada.

«Todos van a tener que cumplir el convenio colectivo 773/2019», afirmó Poli al referirse al alcance que el gremio pretende darle al pronunciamiento. El dirigente incluyó dentro de ese universo a remiseros, choferes administrativos y conductores vinculados con aplicaciones, independientemente de la denominación contractual utilizada por las empresas.

El CCT 773/2019 establece distintas categorías salariales para la actividad. FAREM sostiene que, en el caso analizado, deRentas debe encuadrar a sus conductores de acuerdo con la categoría correspondiente a una empresa de la dimensión de la firma. Poli cuestionó además los contratos mediante los cuales los trabajadores abonan semanalmente por adelantado para acceder a un vehículo y luego generar sus ingresos como conductores.

La discusión excede, de este modo, el caso particular. La expansión de las aplicaciones modificó la forma de solicitar viajes y de vincular a pasajeros con conductores, pero abrió al mismo tiempo una disputa sobre el encuadramiento laboral, las obligaciones de las empresas y los derechos que corresponden a quienes realizan los traslados.

Desde FAREM interpretan que la sentencia aporta un criterio para discutir aquellas estructuras que presentan al conductor como un mero locatario del vehículo, mientras la empresa organiza o condiciona su prestación. No obstante, el fallo corresponde al expediente de deRentas y su eventual proyección sobre otras compañías deberá definirse en cada caso concreto.

La resolución suma así un nuevo capítulo a la disputa por la regulación laboral del transporte mediante aplicaciones. Mientras las plataformas y empresas vinculadas al alquiler de vehículos desarrollan modelos contractuales adaptados a la economía digital, los representantes de los trabajadores buscan que la Justicia determine qué derechos corresponden cuando, detrás de esas nuevas formas de prestación, subsisten las características propias del transporte remunerado de pasajeros.

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