
El Senado aprobó la ley de Teletrabajo
El proyecto se aprobó con 40 votos a favor y 30 en contra. El oficialismo solo contó con el acompañamiento de la misionera Magdalena Solari Quintana. Qué dice la flamante norma.

El oficialismo aprobó hoy en el Senado y convirtió en ley el proyecto para regular el teletrabajo, en una votación dividida y con objeciones de la oposición por la negativa a modificar la redacción de la nueva norma.
La ley fue aprobada con 40 votos a favor y 30 en contra, luego de un debate de poco más de tres horas, en las que el Frente de Todos justificó el avance en la sanción de la ley sin modificaciones y Juntos por el Cambio criticó la ausencia de correcciones.
La nueva norma establece una serie de principios generales para la nueva modalidad laboral -extendida durante la pandemia de Covid-19 y el aislamiento- y deja las regulaciones específicas en manos de los convenios colectivos de cada sector. Entre las objeciones de la oposición, coincidentes con las de las cámaras empresariales, se encuentra el punto de la ley referido a la reversibilidad, que habilita al trabajador en modalidad remota a volver a su puesto presencial cuando así lo quiera, sin que el empleador pueda poner reparos.
Al inicio del debate, el oficialista Daniel Lovera, presidente de la Comisión de Trabajo, indicó que la negativa a aceptar cambios se basó en que «es un texto al que se arribó desde diferentes iniciativas, escuchando a todos los sectores, y que protege a los trabajadores». «Hemos escuchado inclusive a sectores propiciar la ausencia de regulación para no entorpecer el mercado y sus posibilidades de crecimiento.
La falta de regulación no solo genera conflictos, sino que genera abusos», agregó. Al respecto, Lovera remarcó que «es imprescindible contar con un marco regulatorio para evitar que se afecten derechos» y que «serán las negociaciones colectivas las que definan cada una de las particularidades (del teletrabajo) en cada actividad».
Por su parte, Esteban Bullrich, de Juntos por el Cambio, subrayó: «Aquí estamos una vez más para votar una ley sin cambios. Los argumentos de siempre, pero ahora con un relato que habla de consenso mayoritario y del proceso de escucha que hubo en esta ley». «Al no haber modificaciones claramente no hay consenso», señaló Bullrich quien, al igual que otros senadores de la oposición advirtió que la ley tal como está no promoverá la modalidad de teletrabajo sino que la dificultará.
Una de las sorpresas de la votación fue el rionegrino Alberto Weretilneck, que desde su bloque unipersonal suele acompañar al oficialismo pero en este caso votó en contra y argumentó: «Como toda cosa apurada y producto de la urgencia, no creo que esta ley sirva para el objetivo que se plantea».
En tanto, Julio Cobos, de Juntos por el Cambio, destacó que el proyecto «no viene del Ejecutivo y no salió del oficialismo, sino que surge de muchos proyectos presentados en la Cámara de Diputados», donde la oposición «acompañó». Al respecto, agregó: «Entonces, nosotros no nos estamos oponiendo, estamos tratando de ejercer el rol de cámara revisora, pero se pierde la oportunidad de hacer una buena ley».
A modo de cierre del debate, el oficialista Mariano Recalde sostuvo que «se escuchan predicciones apocalípticas cada vez que se trata de ampliar derechos para los trabajadores» y subrayó que «durante los 12 años de gobierno kirchnerista se trataron 69 leyes laborales y decían las mismas cosas».
«Sin embargo los números demuestran otras cosas», continuó el senador del Frente de Todos, quien precisó que «en 2003 la cantidad de empleadores era de 355.476, en 2015, después de 69 leyes laborales que iban a ser una catástrofe, la cantidad de empresas llegaron a 568.737». Y concluyó: «La ley de teletrabajo no va a ser un obstáculo para que esta modalidad, que ya existía y se aceleró durante la pandemia, siga creciendo».
Fuente: jueves 30 de julio de 2020 – (NA)
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La oferta empresarial insuficiente lleva a la falta de acuerdo en el Consejo del Salario

Las centrales sindicales reclamaron un aumento que al menos duplique el salario mínimo, pero la oferta empresarial fue de solo un 1,3%, lo que llevó a la falta de acuerdo y a que el Gobierno defina el nuevo monto en línea con las cámaras patronales.
Este martes 29 de abril, se reunió el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) con participación de representantes de las tres centrales sindicales (CGT, CTA de los Trabajadores y CTA Autónoma), empresarios y funcionarios del Ministerio de Capital Humano. Los gremios presentaron una propuesta unificada que reclama llevar el salario mínimo a $644.165 en abril y $657.703 en mayo, en línea con la evolución de la canasta básica y el impacto de la inflación acumulada en el primer trimestre.
Sin embargo, el sector empresarial ofreció un aumento muy por debajo de esa cifra: $301.500 para abril, $306.500 para mayo y $311.500 para junio, lo que representa una suba total del 1,3% sobre el valor actual de $296.832. La enorme distancia entre ambas posturas volvió a bloquear cualquier posibilidad de consenso, lo que derivó en que el Ejecutivo asuma la definición del nuevo monto.
Reacciones:
- Fuentes gremiales: Manifestaron su malestar y anticiparon que el Gobierno volverá a “alinearse con los empresarios”, sin contemplar el deterioro del poder adquisitivo de los trabajadores más vulnerables.
- Centrales sindicales: Reclamaron que se ponga fin a la modalidad virtual de las reuniones del Consejo del Salario y afirmaron que si no se garantiza la presencialidad en la próxima convocatoria, se presentarán directamente en la sede del Ministerio de Trabajo en señal de protesta.
La falta de acuerdo en el Consejo del Salario refleja la profunda brecha entre las partes y la dificultad para encontrar una solución que satisfaga las necesidades de los trabajadores y los empresarios. La definición del nuevo monto por parte del Gobierno podría tener un impacto significativo en la economía y en la vida de los trabajadores más vulnerables.
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Sturzenegger prepara un ajuste masivo en el Estado con cierres y despidos

El ministro de Transformación y Desregulación del Estado, Federico Sturzenegger, anunció que en los próximos días se presentará el «Proyecto Digesto», una iniciativa que busca reducir drásticamente el tamaño del Estado a través de la eliminación de organismos y despidos masivos.
El plan, impulsado por el presidente Javier Milei, tiene como objetivo «desregular» y «simplificar» el Estado, eliminando leyes, resoluciones y decretos considerados obsoletos. Según Sturzenegger, la revisión de los aproximadamente 700 mil decretos existentes será manual en su mayoría, ya que solo 70 mil están digitalizados.
El ministro sostuvo que esta «limpieza» permitirá «liberar» empleados que actualmente desempeñan tareas administrativas consideradas innecesarias, especialmente en organismos descentralizados que, según su visión, «duplican funciones».
La medida tiene como objetivo ajustar el gasto público a través de despidos y eliminación de estructuras. Aunque Sturzenegger garantizó que algunas entidades como la ANMAT no serán disueltas, sí planteó la necesidad de reducir drásticamente los trámites y procedimientos internos. «La mitad de los trámites no se sabe para qué son», justificó, en un discurso que combina la crítica a la burocracia con la intención de recortar personal.
El «Proyecto Digesto» tiene como objetivo principal transformar el Estado argentino a través de la reducción de su tamaño y la eliminación de estructuras consideradas innecesarias. Sin embargo, la medida también plantea interrogantes sobre el impacto que tendrá en la calidad de los servicios públicos y en la estabilidad laboral de los empleados estatales.
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Retroceso en la protección laboral: la Corte Suprema prioriza al Estado sobre los trabajadores en quiebras

En un fallo que generó amplio rechazo en el ámbito sindical y político, la Corte Suprema resolvió que los créditos laborales ya no tendrán prioridad frente a los créditos fiscales en los procesos de quiebra, lo que implica un retroceso en la protección laboral.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, integrada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, resolvió que los créditos laborales ya no tendrán prioridad frente a los créditos fiscales en los procesos de quiebra. Esta decisión representa un cambio histórico de criterio que, según especialistas, vulnera derechos laborales fundamentales.
El caso que dio origen al fallo fue «Acevedo, Eva María c/ Manufactura Textil San Justo s/ quiebra». Hasta ahora, la jurisprudencia argentina reconocía que, en situaciones de insolvencia, los créditos de los trabajadores debían ser saldados antes que las deudas del empleador con el Estado, en línea con el Convenio 173 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Sin embargo, el máximo tribunal consideró que, debido a que el Poder Ejecutivo nunca ratificó formalmente el convenio —pese a su aprobación legislativa en 1993—, este no tiene vigencia efectiva en el país. La resolución de la Corte implica que a partir de ahora el Estado podrá cobrar antes que los trabajadores despedidos en un concurso o quiebra empresarial.
Reacciones:
- Senador Mariano Recalde: «Es un fallo político, no técnico», denunció el senador Mariano Recalde, quien advirtió que se trata de «un retroceso inadmisible» en la protección de los derechos laborales.
- Sector sindical: Desde el sindicalismo y sectores políticos ligados al trabajo expresaron su preocupación por el impacto de esta medida, que podría agravar la situación de vulnerabilidad de miles de trabajadores ante futuras quiebras empresariales.
La decisión de la Corte Suprema de Justicia implica un retroceso en la protección laboral y podría tener un impacto significativo en la situación de los trabajadores en Argentina. La prioridad de los créditos laborales sobre otros reclamos, incluidos los del Estado, es un principio fundamental del derecho laboral que busca proteger a los trabajadores en situaciones de insolvencia.
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