Wrangler cierra sus locales y se va del país
La compañía estadounidense confirmó que a fin de mes, se va de Argentina.
En otro capítulo de la lluvia de desinversiones, la compañía estadounidense VF Corporation, dueña de las marcas Wrangler y Lee, entre otras, confirmó que a fin de mes termina su proceso de cierre de locales exclusivos y deja la Argentina.
Así lo relató BAE Negocios que recordó que la decisión estuvo precedida en 2017 por el cierre de su planta en Aimogasta, La Rioja, y el despido de 105 trabajadores. También se desprendió de su fábrica de Benito Juárez.
Wrangler , entonces, este fin de semana, termina de cerrar una veintena de locales exclusivos y despide a todo su personal comercial.
Los trabajadores de los locales saben que serán despedidos. El cierre de las tiendas arrancó hace unas semana: ya bajó la persiana el local del shopping Alto Palermo. Este viernes cierran sus negocios en los shopping Abasto y Alto Avellaneda. El lunes próximo ya no abrirá sus puertas el local de Wrangler del Unicenter Shopping.
Si alguna tienda exclusiva queda en pie, antes de fin de mes ya estará cerrada.
El diario económico recordó que hace poco más de cuatros años, VF anunciaba con bombos y platillos, una inversión de $100 millones para ampliar su capacidad productiva en el país y la creación de una red de locales exclusivos. En octubre de 2014, tenían apenas tres tiendas propias y en los últimos años, abrieron una red de alrededor de 30 locales exclusivos, que ya comenzaron a cerrar.
Fuente: infogremiales.com
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La caída de la coparticipación complica las cuentas provinciales
La caída de la recaudación nacional en el inicio de 2026 impactó de lleno en la coparticipación federal. En febrero los envíos automáticos a las provincias cayeron 7,5% en términos reales y profundizaron un deterioro que comenzó el año pasado. El escenario complica las negociaciones salariales y reduce el margen fiscal de los distritos.
De acuerdo con datos oficiales, en febrero los envíos automáticos totalizaron $5,44 billones, lo que representó una caída real interanual del 7,5%. En comparación con enero, el retroceso fue aún mayor y alcanzó el 9,5%, confirmando una tendencia descendente que se arrastra desde 2025 y que ahora se profundiza.
El deterioro de los recursos afecta a las 23 provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, obligando a los gobiernos locales a recalcular sus estrategias fiscales en un contexto atravesado por negociaciones salariales, presiones sindicales y demandas crecientes de gasto público.
Entre los distritos más afectados aparece la Provincia de Buenos Aires, que entre 2024, 2025 y los primeros meses de 2026 dejó de recibir alrededor de 10,9 billones de pesos respecto de lo que habría percibido si se hubieran mantenido los niveles de transferencias de 2023.
Detrás se ubican la Provincia de Santa Fe, con una pérdida cercana a 2,2 billones de pesos, y la Provincia de Córdoba, con una merma de aproximadamente 1,9 billones.
También registraron recortes superiores al billón de pesos distritos como Provincia del Chaco, Provincia de Entre Ríos, Provincia de Santiago del Estero y Provincia de Tucumán.
En el caso de Provincia de San Juan, la pérdida acumulada entre 2024 y el inicio de 2026 asciende a unos 700.000 millones de pesos, un recorte que condiciona la planificación presupuestaria provincial.
Menor recaudación nacional
El principal factor detrás del retroceso en la coparticipación es la caída de la recaudación nacional. Según explicó el economista Nadin Argañaraz, del Instituto Argentino de Análisis Fiscal, nueve de los diez principales impuestos registraron caídas reales durante el primer bimestre del año.
En ese período, la recaudación nacional perdió cerca de $3,3 billones en términos reales frente al mismo lapso de 2025.
Entre los tributos que más retrocedieron se destacan:
IVA, con una caída de $1,68 billones.
Retenciones a las exportaciones, con una baja de $587.000 millones.
Aportes y contribuciones a la seguridad social, con una reducción de $455.000 millones. El único tributo que mostró una mejora fue el impuesto a los combustibles, que registró un aumento real de $71.000 millones.
Impacto en Nación y provincias
La contracción de los ingresos tributarios afecta tanto al Tesoro nacional como a las administraciones provinciales. Según el análisis del Instituto Argentino de Análisis Fiscal, los recursos que permanecen en manos de la Nación cayeron 9,3% en términos reales interanuales, mientras que los fondos transferidos a provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires disminuyeron 7,6%.
En valores nominales actualizados a febrero, la Nación dejó de percibir unos $2,4 billones, mientras que los distritos resignaron cerca de $930.000 millones.
Parte de esta dinámica responde a modificaciones impositivas y a distorsiones temporales en la recaudación, como la restitución de certificados de exclusión de percepciones del IVA aduanero y el adelantamiento de importaciones registrado durante 2025.
Con ingresos en descenso, negociaciones salariales en marcha y menores transferencias desde la Nación, las provincias enfrentan un año marcado por presiones fiscales. Si la caída de la recaudación se mantiene y no es compensada por ajustes en el gasto o nuevas fuentes de financiamiento, los resultados fiscales tenderán a deteriorarse. En ese delicado equilibrio entre disciplina presupuestaria y demandas sociales se jugará buena parte de la estabilidad financiera de los distritos durante 2026.
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Segundo revés judicial para la reforma laboral: otro tribunal rechazó el artículo 55
La reforma laboral aprobada recientemente por el Congreso sumó un nuevo cuestionamiento en los tribunales. El Tribunal del Trabajo N.º 3 de La Plata declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley 27.802, una de las disposiciones centrales que regula la actualización de los créditos laborales en juicios por indemnización. El fallo se suma a una decisión similar dictada en Córdoba y refuerza el frente judicial contra la norma.
Los jueces consideraron que el mecanismo establecido por la norma puede generar una actualización insuficiente frente al contexto inflacionario, lo que vulneraría garantías constitucionales vinculadas a la protección del trabajo y al derecho de propiedad.
En su resolución, el tribunal sostuvo que la disposición resulta incompatible con principios consagrados en los artículos 14 bis, 16 y 17 de la Constitución Nacional Argentina, al afectar el derecho de los trabajadores a una reparación adecuada frente a un incumplimiento laboral.
El caso que originó la sentencia
La decisión judicial se produjo en el marco de una demanda iniciada por un trabajador gastronómico contra los responsables de un establecimiento de comidas, a quienes finalmente se condenó a pagar más de 12,8 millones de pesos en concepto de indemnizaciones laborales.
Según consta en el expediente, el trabajador decidió considerarse despedido ante la falta de registración del vínculo laboral, la ausencia de tareas asignadas y la falta de pago de salarios.
Los empleadores no respondieron a la demanda, lo que derivó en su declaración de rebeldía procesal. Frente a esta situación, el tribunal tuvo por acreditados los hechos denunciados y reconoció el derecho del trabajador a percibir indemnizaciones por despido, salarios adeudados, aguinaldos y otras compensaciones.
Cuestionamientos al sistema de actualización
El aspecto más relevante del fallo fue el análisis del artículo 55 de la reforma laboral, que establece un sistema especial para actualizar las deudas derivadas de juicios laborales.
Según los magistrados, aplicar tasas que no compensen adecuadamente la pérdida del valor del dinero frente a la inflación puede terminar reduciendo de manera irrazonable el monto real de las indemnizaciones.
En ese sentido, el tribunal señaló que la mora del empleador no puede convertirse en un beneficio para el deudor mediante mecanismos de actualización insuficientes. También advirtió que diferenciar los créditos laborales según el momento en que se inició el juicio resulta una distinción irrazonable.
“Es sabido que el principio constitucional de igualdad no implica una igualdad meramente aritmética o formal”, señalaron los jueces en el fallo, al explicar que el legislador no logró justificar adecuadamente la diferenciación introducida por la reforma.
Aplicación de la normativa anterior
Como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad, el tribunal decidió dejar sin efecto la aplicación del artículo cuestionado y aplicar el mecanismo general previsto en el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo para actualizar el crédito laboral.
Además, los magistrados remarcaron que en casos de trabajo no registrado el empleador debe asumir plenamente las consecuencias legales derivadas del incumplimiento de sus obligaciones.
Finalmente, el tribunal condenó solidariamente a los demandados a pagar una suma de $12.819.011 al trabajador dentro de un plazo de diez días.
Un nuevo frente judicial para la reforma
Aunque se trata de un fallo de primera instancia, el pronunciamiento representa un nuevo golpe para el artículo 55 de la reforma laboral. La decisión se suma a una resolución reciente dictada por la Cámara del Trabajo de Córdoba, donde el juez Ricardo Giletta también declaró inconstitucional esa disposición.
La acumulación de fallos adversos comienza a delinear un escenario de creciente litigiosidad en torno a la aplicación de la reforma laboral impulsada por el gobierno del presidente Javier Milei.
El nuevo pronunciamiento judicial refuerza las dudas sobre la constitucionalidad del sistema de actualización de créditos laborales incorporado por la reforma. Si otros tribunales adoptan criterios similares, el artículo 55 podría enfrentar una creciente cadena de impugnaciones que obligaría a revisar uno de los puntos centrales de la normativa.
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Cómo funcionará el comercio en San Juan durante el fin de semana largo
La Cámara de Comerciantes Unidos de San Juan informó cómo será la modalidad de atención del sector durante el fin de semana largo. El lunes 23 habrá actividad habitual, mientras que el martes 24, feriado nacional por el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, se espera un cierre mayoritario de los locales.
De acuerdo con el relevamiento realizado por la entidad entre comerciantes de distintos rubros, existe una tendencia clara respecto al funcionamiento de la actividad durante ambas jornadas.
Para el lunes 23 de marzo —considerado día no laborable con fines turísticos— el comercio sanjuanino mantendrá, en líneas generales, su dinámica habitual. La mayoría de los establecimientos tiene previsto abrir en sus horarios normales, ya que en este tipo de jornadas la decisión de trabajar o no queda a criterio de cada empleador.
La situación será distinta el martes 24 de marzo, cuando se conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Al tratarse de un feriado nacional inamovible, el sondeo de la cámara empresarial indica que gran parte de los comercios permanecerá cerrada, lo que se traducirá en una actividad comercial considerablemente reducida en toda la provincia.
En este sentido, desde la entidad remarcaron la importancia de comunicar con anticipación la modalidad de trabajo del sector, especialmente en fechas donde se registran cambios en la rutina de consumo.
El presidente de la Cámara de Comerciantes Unidos de San Juan, Marcelo Quiroga, señaló que la difusión temprana de esta información busca brindar previsibilidad tanto a los clientes como a los propios comerciantes. Según explicó, el objetivo es que los sanjuaninos puedan organizar con mayor claridad sus compras, pagos y gestiones durante el fin de semana largo.
Con un lunes de actividad prácticamente normal y un martes con cierre mayoritario de locales, el comercio sanjuanino se prepara para atravesar el feriado con una dinámica similar a la que suele registrarse en fechas patrias inamovibles. La recomendación del sector es anticipar las compras y trámites para evitar contratiempos en una jornada donde la actividad será sensiblemente menor.
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