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Los cierre son por crisis económica, advirtieron hoy la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios y la Asociación de Empresarios Nacionales.


Durante los últimos tres años estas dos entidades y otras que representan a las pymes y al empresariado nacional han venido señalando que esto «ocurre cuando se privilegia la especulación, el endeudamiento, la concentración, la extranjerización económica por sobre el desarrollo de aparato productivo nacional, el trabajo y el bienestar del conjunto los argentinos».

La Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios y la Asociación de Empresarios Nacionales se propusieron realizar acciones conjuntas de cara a un próximo período de Gobierno y proponer una agenda de «políticas de Estado para la reconstrucción de una Argentina productiva».

Los dirigentes del sector pyme consideraron que su desafío como empresarios y ciudadanos comprometidos con el país es realizar «un aporte para el indispensable debate por la recuperación de un proyecto productivo nacional con equidad social, en el que confluyan el empresariado Pyme, urbano y rural, trabajadores, cooperativistas, científicos, estudiantes, profesionales y resto de los sectores perjudicados por el actual modelo».

Para avanzar en este sentido realizarán este miércoles un acto conjunto en la Sala Picasso del Complejo La Plaza al que asistirán cientos de empresarios y referentes políticos de la oposición, sociales, del trabajo y la producción.

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Una familia necesitó $2,56 millones en julio para cubrir sus gastos básicos

El Observatorio del Salario de la Junta Interna de ATE en el INDEC estimó que un hogar compuesto por dos adultos y dos hijos necesitó $2.558.677 durante julio para cubrir consumos mínimos. El informe advierte que el poder adquisitivo del salario testigo perdió alrededor del 30% desde diciembre de 2023 y reclama una recomposición urgente.

El cálculo surge de una canasta que destinó $876.365 a alimentos y otros $1.682.312 a bienes y servicios básicos. El relevamiento fue presentado este miércoles 26 de agosto y vinculó el deterioro de los ingresos con la evolución de los precios, la caída del consumo y el creciente endeudamiento de los hogares.

Raúl Llaneza, secretario general de la Junta Interna de ATE en el INDEC, sostuvo que los resultados muestran que el ajuste continúa trasladándose sobre las familias. Según el dirigente, cuando los ingresos no alcanzan para cubrir las necesidades esenciales, los hogares recurren al crédito para completar sus gastos mensuales.

El dato salarial se conoce después de que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) registrara una variación del 2,1% en julio, frente al 1,9% de junio. La inflación acumulada durante los primeros siete meses de 2026 alcanzó el 19,3%, mientras que la comparación interanual llegó al 33,8%.

El Observatorio tomó como referencia un salario correspondiente al SINEP Nivel D, Grado 0 para medir la evolución del poder adquisitivo. De acuerdo con sus cálculos, ese ingreso perdió aproximadamente 30% de su capacidad de compra desde diciembre de 2023.

Para recuperar el poder adquisitivo que tenía en noviembre de 2023, el salario utilizado como referencia debería recibir, según el informe, una recomposición inmediata del 42%.

La pérdida se vuelve todavía más pronunciada al ampliar el período de comparación. El estudio señala que un salario de $10.191 correspondiente a diciembre de 2015 debería ubicarse actualmente en torno a $1.782.225 para conservar su capacidad de compra. Sin embargo, el ingreso de referencia alcanza apenas $756.396, lo que representa una pérdida de poder adquisitivo calculada en 57,3%.

Endeudamiento y salarios insuficientes

El informe cuestionó además la interpretación oficial que atribuye el endeudamiento de las familias a decisiones individuales desvinculadas del nivel de ingresos. Para ATE, la expansión del crédito entre los hogares responde en buena medida a la necesidad de cubrir gastos cotidianos que los salarios ya no logran afrontar.

“Cuando el salario no alcanza para cubrir las necesidades básicas, las familias recurren al crédito para llegar a fin de mes”, afirmó Llaneza.

El diagnóstico incorpora así tres variables que, según el Observatorio, evolucionan de manera simultánea: inflación, pérdida salarial y mayor utilización del crédito para financiar el consumo corriente.

El documento también examinó las condiciones laborales dentro del Estado nacional y puso el foco en la precarización de los vínculos contractuales. El relevamiento señaló una informalidad laboral del 44,2% y cuestionó la falta de concursos periódicos y la continuidad de modalidades de contratación que, según ATE, afectan la estabilidad y las condiciones de ingreso al empleo público.

Entre los puntos abordados también aparece la situación de los monotributistas comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo y el reclamo para preservar las condiciones laborales establecidas en esa normativa.

Reclamo por el INDEC y una nueva paritaria

El Observatorio reclamó, además, preservar la independencia técnica del INDEC frente a los gobiernos de turno y avanzar con una actualización metodológica del IPC. La organización sindical considera que la credibilidad de las estadísticas oficiales requiere autonomía institucional y criterios técnicos sostenidos en el tiempo.

En materia laboral, ATE reclama la reapertura de la paritaria estatal, una recomposición salarial urgente y el pago de un bono de emergencia. También plantea la necesidad de implementar mecanismos de crédito accesible y con tasas más bajas para reducir el peso financiero que enfrentan los hogares endeudados.

El reporte vuelve a colocar el poder adquisitivo en el centro de la discusión salarial. Mientras la inflación continúa acumulando variaciones mensuales y una familia tipo requiere ingresos superiores a los $2,5 millones para cubrir sus consumos mínimos, los salarios utilizados como referencia por el Observatorio permanecen por debajo de los niveles necesarios para recuperar el poder de compra perdido en los últimos años.

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El Gobierno destinará $2 billones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Anses para impulsar créditos hipotecarios

El Gobierno nacional puso en marcha un nuevo esquema para ampliar el crédito hipotecario mediante el uso del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Anses. El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que hasta $2 billones serán colocados entre bancos a través de licitaciones, con la condición de que esos recursos se transformen en préstamos destinados principalmente al acceso a la primera vivienda.

La primera licitación será de $200.000 millones y se realizará la próxima semana mediante el sistema SIOPEL, bajo supervisión del Banco Central. El programa contempla sucesivas colocaciones hasta alcanzar el monto total previsto.

La iniciativa busca resolver una de las principales dificultades que enfrenta actualmente el mercado hipotecario: el descalce entre los plazos de los depósitos y los de los préstamos. Los bancos reciben buena parte de su fondeo a corto plazo, pero los créditos destinados a la compra de una vivienda requieren períodos de devolución que pueden extenderse durante 15, 20 o 30 años.

Caputo explicó que el mecanismo permitirá utilizar recursos del FGS para ofrecer a las entidades financieras una fuente de fondeo de mayor duración mientras aumenta el volumen de ahorro depositado en el sistema local.

Cómo funcionará el programa

El FGS no entregará directamente el dinero a las familias. El mecanismo consiste en licitar depósitos a plazo fijo que serán tomados por los bancos a períodos de uno y cinco años.

Para las colocaciones a un año, la tasa mínima será de UVA + 2,5%, mientras que para los depósitos a cinco años se fijará un piso de UVA + 4,5%. A partir de ese costo de fondeo, las entidades deberán ofrecer créditos hipotecarios con una tasa máxima de UVA + 7,5%, según los términos difundidos para el programa.

Los fondos deberán aplicarse a operaciones vinculadas con la primera vivienda y su utilización será controlada por el Banco Central. La entidad también auditará que los recursos sean efectivamente destinados a los préstamos y que se cumplan los plazos establecidos.

El esquema prevé un plazo mínimo de 15 años y un monto máximo de 150.000 UVA por crédito. También contempla operaciones destinadas a construcción, ampliación o refacción, además de la adquisición de una propiedad.

Cada banco podrá adjudicarse como máximo el 20% de cada licitación, una condición diseñada para distribuir los recursos entre distintas entidades y evitar que el financiamiento quede concentrado en pocos participantes.

Cuánto podría pagar una familia

Caputo estimó que, con los valores actuales, un crédito equivalente a unos US$100.000, a 30 años, podría implicar una cuota cercana a $865.000 mensuales. Para acceder a ese préstamo, calculó que un grupo familiar debería acreditar ingresos netos superiores a $3,4 millones.

El dato muestra también el principal condicionante del nuevo esquema: el acceso no dependerá únicamente de la existencia de fondos disponibles, sino de la capacidad de las familias para cumplir con los requisitos de ingreso y afrontar una cuota ajustada por UVA.

La modalidad no implica una tasa fija del 7,5%. Al estar expresado en UVA, el capital y las cuotas evolucionan de acuerdo con la actualización vinculada al CER, por lo que el costo de la financiación puede modificarse con el tiempo.

El Gobierno estima que el programa podría generar soluciones habitacionales para entre 17.000 y 18.000 familias, dependiendo del monto promedio de los préstamos y de las condiciones finalmente aplicadas por las entidades financieras.

Un mercado que empieza a recuperarse en San Juan

El anuncio nacional llega cuando el mercado inmobiliario sanjuanino comenzó a mostrar señales de recuperación durante los primeros meses de 2026. Datos difundidos por la Federación Inmobiliaria Argentina (FIRA) señalaron que entre enero y marzo las operaciones de viviendas crecieron 4,5% frente al último trimestre de 2025.

El repunte fue todavía mayor en el segmento comercial, donde las operaciones aumentaron cerca de 30% durante ese período.

Dentro del mercado residencial, el crédito hipotecario volvió a ganar participación. Según los datos difundidos por FIRA, alrededor del 20% de las operaciones de viviendas se concretaban mediante financiamiento hipotecario, con el Banco Nación como uno de los principales actores.

El nuevo programa podría ampliar esa participación si las entidades financieras trasladan efectivamente el menor costo de fondeo a las familias y mantienen condiciones accesibles para los compradores.

La incógnita para San Juan

El aviso abre una nueva posibilidad para el mercado inmobiliario provincial, aunque todavía resta conocer cuánto de los recursos licitados llegará efectivamente a la provincia y bajo qué condiciones serán ofrecidos por cada banco.

La cantidad de operaciones, los ingresos exigidos, el porcentaje de financiación sobre el valor de cada propiedad y los requisitos de acceso serán determinantes para medir el alcance real de la iniciativa.

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Si tenés deudas, ¿cuánto pueden embargarte del sueldo?

Una deuda no permite que un banco, una financiera o un estudio de cobranzas descuente dinero directamente del salario. Para que exista un embargo salarial debe intervenir la Justicia y la retención debe ajustarse a los porcentajes establecidos por la normativa vigente. El Decreto 484/87 fija un piso de protección vinculado al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que en agosto de 2026 asciende a $376.600.

La regla general establece que las remuneraciones mensuales son inembargables hasta una suma equivalente al SMVM. Sobre el excedente se aplican porcentajes diferentes de acuerdo con el nivel de ingresos.

Para un salario de hasta $376.600, no corresponde un embargo ordinario. Cuando la remuneración supera ese monto y no alcanza el equivalente a dos SMVM —$753.200—, puede retenerse hasta el 10% de la suma que exceda el primer SMVM.

En los salarios superiores a dos SMVM, el límite puede alcanzar el 20% del excedente correspondiente, de acuerdo con las reglas del Decreto 484/87. Para realizar el cálculo deben considerarse las remuneraciones en dinero por su importe bruto, no el monto neto que finalmente recibe el trabajador.

Por ejemplo, ante un sueldo bruto de $500.000, el excedente sobre el SMVM es de $123.400. Sobre esa diferencia, el tope de retención sería de $12.340. El resto de la remuneración permanece fuera del embargo ordinario.

El embargo no se activa por una llamada

Una intimación de pago, un mensaje de una financiera o el reclamo de un estudio de cobranzas no constituyen por sí mismos un embargo salarial. La medida requiere una orden judicial y debe existir un expediente en el que se determine la procedencia de la retención.

Una vez dictada la medida, el empleador recibe la orden correspondiente y debe descontar del salario el importe establecido judicialmente. Por eso, ante una notificación, resulta fundamental verificar qué juzgado interviene, cuál es el número de expediente y qué deuda originó el reclamo.

La protección del salario también está contemplada por la Ley de Contrato de Trabajo, que establece límites para los embargos y remite a la reglamentación específica para determinar su alcance.

Qué deudas pueden terminar en un embargo

Préstamos personales impagos, saldos de tarjetas de crédito, créditos de consumo y otras obligaciones financieras pueden derivar en una demanda judicial. Sin embargo, la existencia de la deuda no habilita al acreedor a disponer unilateralmente del salario.

Las deudas vinculadas con tarjetas de crédito tampoco permiten que el banco retenga directamente una parte de la remuneración. Para llegar a un embargo deben cumplirse las etapas procesales correspondientes.

La prescripción de estas obligaciones tampoco puede determinarse con una única regla para todos los casos. El plazo aplicable depende del tipo de deuda, las circunstancias particulares y las actuaciones realizadas por el acreedor. Frente a una obligación antigua, reconocerla o efectuar un pago sin asesoramiento puede tener consecuencias jurídicas, por lo que conviene revisar previamente el expediente y la documentación disponible.

Las cuotas alimentarias tienen otro régimen

Los límites generales del Decreto 484/87 no se aplican de la misma manera a las cuotas alimentarias y las litisexpensas. En estos casos, el juez puede establecer una retención diferente, aunque debe procurar que la persona obligada conserve recursos suficientes para su subsistencia.

Las indemnizaciones laborales, por su parte, cuentan con disposiciones específicas sobre su embargabilidad y no necesariamente reciben el mismo tratamiento que una remuneración mensual ordinaria.

Cómo saber si existe una deuda registrada

Antes de negociar una refinanciación o responder a un reclamo, una persona puede consultar su información crediticia. La Central de Deudores del Banco Central permite conocer las obligaciones informadas por entidades financieras y otros proveedores de crédito.

Los registros de morosidad clasifican las obligaciones según el grado de atraso y la situación informada por el acreedor. Revisar esos datos permite conocer qué deuda figura registrada y en qué estado se encuentra antes de asumir un nuevo compromiso.

El nivel de morosidad también muestra la magnitud del endeudamiento de los hogares. Un relevamiento citado en los últimos meses estima en 5,86 millones la cantidad de personas con deudas atrasadas en el país. Los bancos tradicionales concentran alrededor del 65% del dinero en mora, mientras que Mercado Libre/Mercado Pago reúne aproximadamente el 19% de los deudores, aunque representa cerca del 2,9% del monto total adeudado.

La diferencia entre cantidad de personas y dinero comprometido evidencia que el endeudamiento no es homogéneo. En el sistema bancario privado, la deuda atrasada mediana ronda los $1.458.000, mientras que entre los usuarios de Mercado Libre/Mercado Pago se ubica cerca de los $116.000.

También existe protección sobre el aguinaldo

El régimen establece además que cada cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) es inembargable hasta una suma equivalente al SMVM. La protección vuelve a tener excepciones cuando se trata de obligaciones alimentarias u otros supuestos sometidos a reglas especiales.

Por eso, ante un embargo, no alcanza con observar el porcentaje descontado. También debe verificarse qué tipo de ingreso fue afectado, cuál es el origen de la obligación y bajo qué resolución judicial se dispuso la retención.

Qué hacer frente a un embargo

Si una persona recibe una notificación judicial o detecta un descuento en su recibo de sueldo, debe identificar el juzgado, expediente, acreedor, origen de la deuda y monto reclamado. También es importante controlar que la retención aplicada por el empleador coincida con la orden judicial y respete los límites correspondientes.

Cuando existen dudas sobre la legitimidad de la deuda, el cálculo efectuado o el procedimiento utilizado, resulta conveniente consultar con un abogado o recurrir a un organismo de defensa del consumidor antes de reconocer la obligación o realizar un pago.

La regla central es clara: una deuda común no permite embargar automáticamente el salario ni disponer de él sin intervención judicial. El régimen vigente protege una parte de la remuneración y establece límites precisos para las retenciones, mientras que las obligaciones alimentarias y otros casos particulares cuentan con disposiciones diferentes.

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