Bancarios cerró un adelanto a cuenta de las paritarias 2019
La Asociación Bancaria Nacional acordó un incremento del 7% más la suma fija de $ 1.000 en concepto de adelanto salarial, informaron desde el gremio.
“Los trabajadores bancarios percibirán en sus haberes del mes de marzo un incremento del 7%, más la suma fija de $ 1.000 en concepto de adelanto salarial”, aseguraron desde La Bancaria al portal IProfesional.
Además, agregaron que “el aumento se aplicará sobre las remuneraciones mensuales correspondientes al mes de diciembre de 2018”.
El acuerdo se produjo tras una reunión que mantuvieron con los representantes de las cámaras empresariales que nuclean a todos los bancos del país (Abapra, ABA, ABE y Adeba),destaca el sitio Infogremiales.
“El presente permitirá mitigar los efectos de la inflación en los salarios de los trabajadores bancarios, hasta tanto se reanuden las negociaciones paritarias con el sector empresarial”, concluyeron.
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Una familia tipo necesitó más de $2,4 millones en abril, según trabajadores del INDEC
Mientras el Gobierno nacional sostiene que la desaceleración inflacionaria comenzó a estabilizar la economía, un relevamiento elaborado por trabajadores del INDEC expuso otra cara de la realidad social: en abril de 2026, una familia tipo necesitó ingresos superiores a los 2,4 millones de pesos para cubrir consumos esenciales y sostener condiciones mínimas de bienestar.
El cálculo surge del estudio periódico que realiza la junta interna de ATE en el organismo estadístico, una medición que busca establecer cuál debería ser el Salario Mínimo, Vital y Móvil necesario para garantizar vivienda, alimentación, transporte, salud, educación, esparcimiento y acceso a bienes básicos para un hogar compuesto por dos adultos y dos hijos en edad escolar.
Según el documento, el ingreso requerido alcanzó exactamente los $2.400.186, en un escenario donde los salarios continúan corriendo muy por detrás de los costos cotidianos pese a la desaceleración de los índices inflacionarios.
La radiografía elaborada por los trabajadores del instituto pone el foco en un fenómeno que atraviesa amplios sectores asalariados: la pérdida persistente de capacidad de compra aun en un contexto de menor ritmo de aumento de precios. El documento sostiene que la desaceleración inflacionaria “no se traduce en alivio” para los hogares y advierte que el deterioro acumulado de los ingresos profundiza el endeudamiento y la fragilidad económica de miles de familias.
El documento también expone la situación salarial dentro de la propia administración pública nacional. De acuerdo con la medición de ATE-INDEC, un trabajador estatal encuadrado en la categoría testigo Nivel D Grado 0 del convenio SINEP percibe actualmente alrededor de $713.023 mensuales, una cifra que, según remarcan, quedó muy lejos de la evolución real del costo de vida.
Los trabajadores aseguran que, si esos haberes hubiesen acompañado la inflación acumulada desde diciembre de 2015, deberían ubicarse hoy por encima de $1,6 millones. En ese período —afirman— la pérdida de poder adquisitivo alcanzó niveles históricos y se profundizó con fuerza desde el inicio de la gestión de Javier Milei.
La publicación cuestiona además la narrativa oficial sobre la recuperación económica y plantea que los indicadores macroeconómicos todavía no logran reflejarse en el bolsillo de gran parte de la población asalariada. El informe menciona especialmente el incremento sostenido de alimentos, alquileres, tarifas de servicios, transporte y gastos vinculados a salud y educación, variables que continúan presionando sobre los ingresos familiares.
En ese sentido, el estudio advierte sobre una caída del consumo que ya comienza a impactar en distintos sectores comerciales y productivos, alimentando un círculo de retracción económica que combina salarios deprimidos, menor capacidad de compra y aumento en la precarización.
“El problema no es solamente cuánto suben los precios, sino cuánto se redujo la capacidad real de los ingresos para sostener una vida digna”, señalaron desde la organización gremial al presentar el relevamiento.
El informe vuelve a colocar en el centro del debate la discusión sobre salarios, paritarias y condiciones de vida en un país donde la desaceleración de la inflación todavía convive con fuertes dificultades para recomponer el tejido social y el poder adquisitivo de los trabajadores.
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La UOM denunció una “avanzada política y judicial” tras la intervención del gremio y salió a respaldar a Abel Furlán
La crisis institucional desatada en la Unión Obrera Metalúrgica escaló este viernes luego de que la conducción nacional del sindicato respondiera con dureza al fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que anuló las elecciones internas y dispuso la intervención judicial de la organización por 180 días. Desde el gremio calificaron la resolución como “arbitraria” y “antidemocrática”, apuntaron contra los magistrados que firmaron la sentencia y denunciaron un intento de disciplinamiento sobre uno de los principales sindicatos industriales del país.
A través de un extenso comunicado, la organización encabezada por Abel Furlán sostuvo que la medida judicial constituye un ataque directo contra la autonomía sindical y vinculó la decisión con el clima de confrontación abierto entre el movimiento obrero y el gobierno de Javier Milei.
La conducción metalúrgica cuestionó especialmente a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, integrantes de la Sala VIII del tribunal laboral, a quienes acusó de actuar en línea con los intereses empresarios y con las reformas impulsadas por el oficialismo nacional.
“El mismo sector judicial que acompañó los cambios laborales promovidos por el Gobierno ahora avanza sobre la estructura sindical”, expresaron desde la organización, que interpretó la resolución como parte de una ofensiva orientada a debilitar la capacidad de negociación gremial en plena discusión salarial de la actividad metalúrgica.
La UOM atraviesa desde hace meses una fuerte disputa interna derivada del proceso electoral desarrollado en la seccional Campana, origen de la causa judicial que terminó impactando sobre toda la estructura nacional del sindicato. El fallo declaró inválidos los comicios celebrados entre el 2 y el 4 de marzo al considerar que no existieron garantías suficientes sobre la custodia de urnas y la transparencia del procedimiento. Esa nulidad fue posteriormente extendida a la elección nacional que había ratificado a Furlán al frente del gremio.
Para la conducción metalúrgica, sin embargo, detrás de la sentencia existe una construcción política más amplia. El comunicado aseguró que la intervención “no comenzó con este fallo”, sino que responde a una estrategia de desgaste impulsada desde sectores empresariales, judiciales y políticos para erosionar a una organización sindical con fuerte presencia en la industria.
En ese sentido, el sindicato también cargó contra la Lista Naranja de Campana, sector opositor que promovió la demanda judicial, al que acusó de haberse transformado en una herramienta funcional a intereses ajenos a los trabajadores.
La organización reivindicó además el resultado de las urnas y aseguró que tanto la conducción nacional como las autoridades seccionales obtuvieron un respaldo contundente de los afiliados. “Los metalúrgicos ya se expresaron democráticamente”, sostuvieron desde el espacio que lidera Furlán.
El pronunciamiento incluyó además una convocatoria explícita al conjunto del movimiento obrero. La UOM llamó a centrales sindicales, cuerpos de delegados y organizaciones gremiales a pronunciarse en defensa de la autonomía sindical y advirtió que la disputa excede la situación interna del gremio metalúrgico.
“Lo que está en juego no es solamente una conducción sindical, sino el alcance de la representación obrera frente a un modelo económico que necesita sindicatos debilitados”, afirmaron desde la entidad.
En este cuadro, la resolución judicial abrió un escenario de enorme incertidumbre dentro del histórico sindicato industrial. La intervención quedó a cargo del abogado Alberto Biglieri, designado por la Cámara para administrar la organización y convocar a nuevas elecciones en un plazo máximo de seis meses.
El conflicto irrumpe además en un momento de elevada sensibilidad para el sector metalúrgico, atravesado por negociaciones salariales tensas, caída del poder adquisitivo y preocupación permanente por la retracción de la actividad industrial.
Con 83 años de historia y un peso determinante dentro de la estructura sindical argentina, la UOM quedó ahora en el centro de uno de los episodios institucionales más delicados de los últimos años para el movimiento obrero organizado.
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La Cámara Laboral anuló los comicios de la UOM y ordenó la intervención del gremio por 180 días
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió intervenir la UOM, declarar la nulidad de las elecciones en la seccional Campana y dejar sin efecto la reelección nacional de Abel Furlán. El tribunal consideró que el proceso electoral vulneró principios básicos de transparencia y democracia sindical.
La Unión Obrera Metalúrgica quedó sumida en una de las crisis institucionales más profundas de las últimas décadas. En un fallo de enorme repercusión política y sindical, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inválidas las elecciones desarrolladas en la seccional Campana y extendió esa nulidad al proceso nacional que había ratificado a Abel Furlán al frente del gremio metalúrgico.
La resolución, firmada por los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González, dispuso además el cese inmediato de toda la conducción nacional y de las autoridades electas en Campana, al tiempo que ordenó la intervención judicial del sindicato durante un plazo de 180 días.
El expediente se originó tras una presentación impulsada por la Lista Naranja de la seccional Campana, que denunció graves irregularidades durante las elecciones celebradas entre el 2 y el 4 de marzo. La Cámara concluyó que el mecanismo de votación implementado por la Junta Electoral no ofreció garantías mínimas de transparencia, control ni seguridad sobre la integridad de las urnas.
En el centro de la sentencia aparece la cuestionada custodia del material electoral durante las tres jornadas de votación. Según los magistrados, las urnas permanecieron bajo control exclusivo del oficialismo sindical en la sede gremial, sin escrutinios parciales diarios ni mecanismos independientes que aseguraran la inviolabilidad de los votos.
El tribunal consideró particularmente grave que los fiscales opositores hubieran sido invitados a “pernoctar” dentro de la sede sindical para custodiar las urnas. Para la Cámara, esa situación resultó “inaceptable e irrazonable” y expuso una estructura electoral incapaz de garantizar imparcialidad.
La resolución también cuestionó la extensión excepcional del acto electoral durante tres días consecutivos. Los jueces señalaron que ese esquema sólo puede justificarse bajo circunstancias extraordinarias vinculadas a modalidades especiales de trabajo y remarcaron que, en este caso, no existieron controles reforzados acordes a semejante nivel de excepcionalidad.
A partir de esa conclusión, la Cámara sostuvo que la nulidad de la elección en Campana contaminó directamente la posterior elección nacional de la UOM, realizada el 18 de marzo. El motivo es estructural: el secretario general nacional surge de un Colegio Electoral integrado por delegados seccionales, entre ellos los representantes de Campana cuya legitimidad quedó anulada judicialmente.
“Si el Colegio Electoral se encontró deficientemente conformado, nunca pudo haber elegido válidamente al Secretario General Nacional”, afirmaron los magistrados en uno de los párrafos centrales de la sentencia.
El fallo provocó así la caída de toda la conducción encabezada por Furlán y dejó sin efecto las designaciones realizadas desde la asunción de las nuevas autoridades. La Cámara entendió además que el sindicato quedó formalmente “acéfalo”, ya que los mandatos anteriores habían expirado el 22 de marzo y las autoridades electas quedaron invalidadas por decisión judicial.
Frente a ese vacío institucional, el tribunal resolvió avanzar con la intervención integral de la organización y designó al abogado Alberto Biglieri como interventor con amplias facultades administrativas y electorales. Entre sus responsabilidades estará la convocatoria a nuevos comicios dentro de los próximos seis meses.
Otro de los aspectos que agravó la situación de la conducción sindical fue la decisión de continuar adelante con la elección nacional pese a la existencia de una cautelar previa dictada por la misma Sala que suspendía el proceso electoral del 18 de marzo. Según el fallo, la organización gremial había sido correctamente notificada y, aun así, decidió avanzar con los comicios.
La sentencia también adquiere relevancia por el contexto político y sindical en el que se produce. Furlán venía consolidando un perfil cada vez más crítico frente al gobierno de Javier Milei y trabajaba en la articulación de sectores gremiales enfrentados al programa económico libertario. Dentro del sindicalismo metalúrgico, el fallo ya es leído como un episodio de fuerte impacto en la disputa de poder que atraviesa al movimiento obrero argentino.
El pronunciamiento judicial, además, reabre el debate sobre la progresiva intervención de los tribunales en los procesos internos de los sindicatos tras las modificaciones introducidas por el decreto 342/2025, que redujo el margen de actuación administrativa del Estado en los conflictos electorales gremiales y trasladó ese control directamente al Poder Judicial.
En ese sentido, la Cámara invocó principios vinculados a la libertad sindical y al Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo para justificar la intervención. Los jueces sostuvieron que la medida no busca limitar la autonomía gremial, sino restablecer condiciones de legalidad y representación legítima dentro de la organización.

La decisión impacta de lleno sobre uno de los sindicatos industriales más influyentes del país y abre una etapa de fuerte incertidumbre dentro de la estructura metalúrgica, atravesada ahora por una compleja disputa judicial, política y sindical que promete extenderse mucho más allá de los próximos meses.
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