destacada
Ley de Tierras: la CGT rechazó el fallo de la Corte y reclamó a Diputados que derogue el DNU 70/2023

La Confederación General del Trabajo (CGT) rechazó el fallo de la Corte Suprema que dejó nuevamente vigente la derogación de la Ley 26.737 de Tierras Rurales y trasladó la discusión al Congreso. La central obrera reclamó a la Cámara de Diputados que rechace el DNU 70/2023, después de que el Senado avanzara en el mismo sentido.
En un comunicado difundido, el Consejo Directivo Nacional calificó la resolución bajo el título “Un fallo contra la soberanía y la voluntad popular” y expresó su “más enérgico repudio” a la decisión del máximo tribunal. La CGT sostuvo que la derogación de la normativa elimina las restricciones que regían sobre la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.
La central vinculó el pronunciamiento judicial con el debate que semanas atrás llegó al Congreso en torno a las reglas de propiedad rural. En ese marco, sostuvo que las movilizaciones sindicales y sociales contribuyeron a frenar modificaciones que buscaban flexibilizar el régimen establecido por la Ley 26.737.
“El territorio argentino es patrimonio de nuestro pueblo y forma parte inseparable de un proyecto de Nación con producción, trabajo, desarrollo y soberanía”, planteó la CGT en su documento. La organización advirtió, además, que la eliminación de los límites establecidos por la legislación derogada puede favorecer procesos de extranjerización, una interpretación que forma parte de su posicionamiento frente a la decisión judicial.
El reclamo central quedó dirigido ahora a Diputados. “Exigimos a la Cámara de Diputados que asuma su responsabilidad y rechace el DNU 70/2023, como ya lo hizo el Senado”, sostuvo la conducción cegetista. De esa manera, la central plantea una salida legislativa frente a una norma cuya derogación volvió a quedar operativa tras el fallo de la Corte.
La polemica judicial se originó en una acción promovida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) contra el artículo 154 del DNU 70/2023. La Cámara Federal de La Plata había declarado inconstitucional esa disposición, pero la Corte revocó aquella sentencia al considerar que la asociación no estaba legitimada para impulsar la acción colectiva.
El máximo tribunal aclaró que no resolvió la constitucionalidad del DNU. Su decisión se limitó a la legitimación del CECIM y a la inexistencia de un caso o controversia que habilitara ese proceso judicial. Por efecto de la revocación, quedó nuevamente vigente el artículo que derogó la Ley 26.737, pero la cuestión de fondo sobre la validez constitucional de esa derogación no fue analizada.