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Universidades: la Justicia intimó al Gobierno a cumplir la ley en cinco días

La disputa por el financiamiento de las universidades nacionales sumó un nuevo capítulo judicial. El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, intimó al Gobierno nacional a cumplir en un plazo de cinco días con la medida cautelar que ordena aplicar la Ley 27.795, incluida la recomposición de los salarios docentes y no docentes y la actualización de las becas estudiantiles.
La resolución establece además que, si el Estado no acredita el cumplimiento dentro del plazo fijado, podrán aplicarse multas económicas diarias —astreintes— por cada jornada de demora. El pronunciamiento se produjo después de que el magistrado analizara la información remitida por el Ministerio de Capital Humano y concluyera que no alcanzaba para demostrar que la cautelar hubiera sido cumplida en su totalidad.
El reclamo judicial está vinculado con la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente, sancionada en 2025. El artículo 5 establece que los salarios de docentes y no docentes deben actualizarse por el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2023 y la sanción de la norma, tomando como referencia la variación del IPC informada por el INDEC. También dispone que las actualizaciones posteriores se incorporen a la negociación paritaria con una periodicidad que no supere los tres meses y con una referencia mensual no inferior a la inflación.
La misma ley contempla la recomposición y actualización de las becas estudiantiles. El artículo 6 dispone que los programas de becas deben actualizarse de acuerdo con la variación acumulada del IPC desde el 10 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma, además de prever un incremento progresivo de la cantidad de beneficiarios.
El porcentaje de recomposición salarial que aparece en la discusión judicial y sindical ronda el 33%. La cifra es presentada por las organizaciones universitarias como el incremento necesario para recuperar el poder adquisitivo perdido desde diciembre de 2023; la aplicación concreta deberá ajustarse a lo dispuesto por la ley y a la resolución judicial.
La decisión de Cormick también tiene un antecedente inmediato. Semanas atrás, el magistrado había rechazado el pedido del Gobierno para levantar la medida cautelar al considerar que el acuerdo alcanzado en junio no demostraba que la cuestión hubiera quedado resuelta. En esa oportunidad había solicitado al Estado que detallara y documentara el grado de cumplimiento alcanzado.