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Reforma laboral: la Cámara Contencioso Administrativo se arroga la competencia y reconfigura el litigio de la CGT

Con una resolución dictada en tiempo récord, la Sala IV apartó a la Justicia del Trabajo del expediente impulsado por la CGT y ordenó su traslado al fuero contencioso administrativo federal. La decisión contradice el criterio del fiscal general Rodrigo Cuesta y reabre la disputa por la competencia, que podría escalar hasta la Corte Suprema.
La controversia judicial en torno a la reforma laboral sumó un cambio de rumbo institucional. La Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal resolvió que la causa promovida por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la Ley 27.802 debe tramitar fuera del ámbito laboral, en una decisión que redefine el encuadre del litigio y altera la estrategia procesal de la central obrera.
El pronunciamiento, suscripto por los jueces Rogelio W. Vincenti y Marcelo Daniel Duffy, fue dictado pocas horas después de que el fiscal general Rodrigo Cuesta recomendara sostener la competencia en la Justicia Nacional del Trabajo. La celeridad del fallo y su contenido configuran un revés significativo para la CGT, que buscaba sostener en ese fuero la discusión sobre la constitucionalidad de la norma.
El núcleo argumental de la resolución se apoya en la vigencia inmediata del artículo 79 de la ley cuestionada, que establece que cuando el Estado Nacional sea parte en litigios de índole laboral, la intervención corresponde al fuero contencioso administrativo federal. Para los magistrados, se trata de una disposición de orden público, plenamente operativa, cuya aplicación no admite postergaciones.
En ese sentido, la Sala IV descartó el planteo del Ministerio Público Fiscal, que había supeditado la eficacia de la norma a la concreción de acuerdos de transferencia de competencias hacia la Ciudad de Buenos Aires. Los jueces enfatizaron que no existe un derecho adquirido a litigar bajo un determinado régimen procesal y recordaron que el Congreso posee facultades para redefinir la competencia de los tribunales.
La resolución no se limitó a dirimir la disputa técnica. También incluyó objeciones al trámite seguido en el fuero laboral, al considerar improcedente el recorrido procesal que llevó el conflicto hacia la Cámara del Trabajo. Según el fallo, la cuestión debió ser elevada directamente a la Cámara Contencioso Administrativa, en tanto órgano llamado a resolver este tipo de controversias.
Otro punto central radica en la caracterización del caso. Mientras el dictamen fiscal lo ubicaba en la órbita del derecho del trabajo, los camaristas sostuvieron que la acción de la CGT involucra materias de naturaleza federal, vinculadas tanto a la organización del sistema judicial como a la intervención del Estado en el conflicto. Entre los aspectos señalados se destacan el funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral y las atribuciones del Congreso para establecer reglas de competencia.
Como respaldo, el tribunal invocó doctrina de la Corte Suprema, en particular el antecedente “Rizzo”, para subrayar que en la jurisdicción federal de la Ciudad de Buenos Aires no existe un fuero laboral autónomo cuando el Estado es parte, lo que refuerza la intervención del contencioso administrativo en este tipo de procesos.
Qué puede ocurrir
El derrotero del expediente aún no está cerrado. La Cámara Nacional del Trabajo conserva la posibilidad de sostener la causa en su ámbito. Si optara por ese camino, el conflicto de competencia deberá ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que quedaría habilitada para zanjar la disputa sin ingresar, en esta instancia, al análisis de fondo de la ley ni de la cautelar actualmente sin efecto.
El tribunal laboral, además, se encuentra atravesado por recusaciones planteadas por la CGT, lo que agrega un componente adicional de complejidad al proceso de definición.
La decisión de la Cámara Contencioso Administrativo introduce un elemento decisivo en la disputa judicial por la reforma laboral: no solo traslada el expediente a otro fuero, sino que también redefine el prisma desde el cual se analizará la controversia. Para la CGT, implica una modificación sustancial de su estrategia. Para el sistema judicial, abre un interrogante de alcance mayor sobre los límites y alcances de la competencia en litigios donde confluyen derechos laborales y potestades estatales. La palabra final, en caso de persistir el desacuerdo, quedará en manos de la Corte Suprema.