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Los empleados de la UNSJ vacunados retornarán a sus tareas habituales

Quienes ya tengan inoculación con al menos una dosis de vacunas contra el Covid 19 deberán presentarse el martes 22 de junio.

La Universidad Nacional de San Juan dispuso que a partir del próximo martes 22 de junio “el personal que se encuentre gozando de dispensa del deber de asistencia al lugar de trabajo (…) que hubiere recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid 19, independientemente de la edad y condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación, deberá presentarse para desarrollar sus tareas habituales en forma presencial”.

El Artículo 2 de la Resolución 1284/2021-R establece que “el personal convocado deberá presentar el Formulario de Declaración Jurada que obra en el Anexo de la presente (descargar archivo adjunto en esta nota), en los Servicios de Personal de cada dependencia de la Universidad, adjuntando copia de la constancia fehaciente de la vacunación y completando el Apartado I del mismo. El agente que no ha sido vacunado deberá completar el Apartado II y manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no accedió a la vacunación. Si los mismos son justificados por el Departamento de Control Médico, puede continuar con la dispensa, en caso contrario, sin más debe presentarse a desempeñar sus tareas en forma habitual y presencial”.

El Artículo 3, en tanto, menciona los casos de quienes pueden seguir con la dispensa de presentarse a trabajar, a saber:

-Personas con inmunodeficiencia: Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave. – VIH, dependiendo del estatus (< de 350 CD4 o con carga viral detectable) – Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días)

-Pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa. –Con tumor de órgano sólido en tratamiento – Trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

El otorgamiento de esta dispensa es competencia del Departamento de Control Médico.

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